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Quien paga el contrato de alquiler de una vivienda - VMS Abogados
Los contratos de arrendamiento son aquellos por los que uno de los participantes de la relación jurídica, el propietario, queda obligado a entregar el uso del bien al otro participante, el arrendatario, que obtendrá el derecho de usar la vivienda a cambio de una prestación. En este artículo nos centraremos en explicar los arrendamiento de fincas, y en especial, de las fincas urbanas.
Para regular esta habitual actividad jurídica se creó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que se aplica a los arrendamientos de inmuebles que se dediquen a usos residenciales o a usos diferentes de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los alquileres que se recogen en dicha normativa se someterán a lo contemplado en ella, aunque se acatarán los acuerdos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de forma general, deben recoger, entre otras cuestiones, los deberes: el arrendador estará obligado a transferir la cosa objeto del contrato (en este caso, el inmueble) al inquilino, a efectuar en el bien de arrendamiento todas las reparaciones oportunas para que sirva para la utilización a que ha sido dedicada y a mantener al arrendatario en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato.
Como contraprestación, el arrendatario estará obligado, normal, a abonar el coste del arrendamiento en los términos convenidos y a usar la vivienda alquilada de buena manera, dedicándola al uso acordado.
Además, los contratos de arrendamiento tendrán que contener: el bien sobre el que recae el alquiler, el plazo de duración, la renta establecida, las maneras de prolongar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las opciones de cesión y subarriendo, las maneras de anular, rescindir y finalizar el contrato; también pueden recoger en caso de conflicto, los Juzgados a los que quedarán sujetas los participantes para resolver las controversias que puedan derivarse del cumplimiento o violación del contrato de alquiler, así como también podrán optar por someterse a la mediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, debido que como Despacho experto en Derecho Inmobiliario tratamos estos temas de manera frecuente.
A continuación, sobre en qué consisten nuestras labores y nuestra intervención en todo lo relacionado con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Quien paga el contrato de alquiler de una vivienda - Características de nuestro servicio
Principalmente, el abogado experto en contratos de arrendamiento debe haber recibido una formación específica en todo lo relativo a los alquileres urbanos, ya sean estos para uso residencial, cuya dedicación principal tiene que ser satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino, o sean alquileres pensados para uso distinto del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como uso principal uno distinto del previsto para vivienda.
Con respecto a las funciones que realizamos, suelen ser similares a las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los arrendamientos:
- Recopilación y estudio de la documentación relacionada con el bien que se pretende alquilar, por ejemplo, obtener la información que aparece en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la posesión del arrendador sobre la piso, conocer las deudas que sobre él pesan, etc.
- Confeccionar los contratos de alquiler, así como orientar a los clientes en el procedimiento para minimizar los peligros de disputas en el futuro.
- Defender los derechos de la parte que contrate nuestros servicios. En caso de ser propietario, debemos llevar la representación judicial del cliente en caso de tener que solicitar el desahucio de la vivienda por de la falta de pago de rentas o por incumplimiento de las obligaciones contempladas en el contrato, por ejemplo. De esta manera, si el cliente es el inquilino, le representaremos si decide enervar las cantidades reclamadas judicialmente, de requerir al propietario para que cumpla con sus deberes de conservación y mantenimiento de la vivienda, etc.

Quien paga el contrato de alquiler de una vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué contratar a un abogado especialista en contratos de alquiler parece obvio: para garantizar al máximo nuestros intereses y poder disfrutar de la tranquilidad que otorga tener a un experto que esté preservando nuestros intereses.
Tanto si eres arrendatario como propietario tienes que asegurar el cumplimiento de las responsabilidades que conciernen a cada uno de los participantes, así como procurar que no se violan las disposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, dependiendo de la naturaleza de la dedicación de la finca que va a ser alquilada.
El tiempo apropiado para recurrir a un abogado experto en alquileres siempre aconsejamos que es el momento anterior a la firma del contrato, ya que una vez firmado, nos supeditamos a lo que en él se contemple.
No obstante, es normal en nuestra profesión que los clientes vengan cuando ya tienen un problema contractual sobre el arrendamiento establecido, por lo que también estamos habituados a defender sus derechos cuando los quebrantamientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que la labor del abogado será intentar evitar un procedimiento judicial e intentar solucionar la cuestión de manera amistosa, siempre que creamos que es la vía más apropiada para la problemática del cliente, además de ser la más económica normalmente.
Esperamos que este artículo os haya acercado un poco más a la figura de los alquileres, que pueda haber ayudado a solucionar las cuestiones que se os planteen al menos de manera inicial, y como siempre decimos, podéis preguntarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Incumplimiento de la paralización judicial de una obra
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.

CASO DE ÉXITO: Absolución acusado violencia de género
Nuestro Cliente, acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que su ex pareja le había denunciado, manifestando, que este le había amenazado debido a que había discutido con su hija de 11 años y esta se había ido sola hacia casa de la madre y que en caso de que no llegara se lo dijera para avisar él a la policía y a los servicios sociales, preocupándose así ella por la menor.

CASO DE ÉXITO: Legitimación activa propietario impugnación acuerdo frente Mancomunidad
Nuestra Clienta, propietaria de una vivienda en planta baja, acudió al Despacho para valorar la viabilidad de proceder con la impugnación de un acuerdo, relativo al reparto de gastos comunitarios, que había sido adoptado por su Mancomunidad de Propietarios, en la que se encuentra integrada su Comunidad de Propietarios.

CASO DE ÉXITO: Desestimación medida cautelar
Nuestro Cliente era la Comunidad de Propietarios demandado, y acudió al Despacho para contestar a la demanda interpuesta por una propietaria de una vivienda en planta baja cual solicitaba que se declarase nulo el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios, que obligaba a la demandada a contribuir al pago de la instalación del ascensor, así como de su mantenimiento y funcionamiento, al igual que el resto de comuneros, y además, solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecutividad del acuerdo en Junta por el que se obligaba a los propietarios a comenzar la derrama oportuna para la instalación del ascensor

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios