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¿Puedo vender una vivienda de protección oficial? - VMS Abogados
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¿Puedo vender una vivienda de protección oficial? - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección brindada no se encuentra exenta de restricciones para las VPO, y es que, para su comercialización, los propietarios deberán disponer de una autorización de transmisión emitida por la Administración competente.
La posesión y/o propiedad de una VPO requiere mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba mediante inspecciones periódicas hechas por los Servicios de Inspección. De la violación de esta restricción se podría terminar cometiendo una infracción.
Se establece un precio máximo de venta al igual que un precio determinado de arrendamiento. En el caso de la compraventa, una vez que la vivienda se libera, el titular tiene la posibilidad de venderla a precio de mercado sin tener que cumplir el límite fijado por la normativa regional.
- Requisitos económicos de acceso: para el acceso a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid exige determinados requisitos a quienes quieren comprar una casa, ya sea mediante la adquisición o alquiler.Esencialmente, las rentas familiares no pueden ser más de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se establece en los Presupuestos Generales, e igualmente, la persona que desea tener acceso a una Vivienda de Protección Oficial no debe ser titular de pleno dominio o de un dominio real de uso o disfrute sobre otra casa protegida en toda la geografía española, ni una libre en el territorio de la CAM.
Como anteriormente se ha especificado, la VPO tendrá que destinarse a vivienda habitual, por lo que no deberá tratarse de una segunda residencia o usada como fuente de ingresos, por ejemplo, a través de su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede imponer requisitos extra para acceder a viviendas dirigidas a personas con ciertas características particulares, como son la minusvalía o la condición de familia numerosa.
- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una vivienda adquiera la certificación de VPO, y en consecuencia se encuentre protegida por la Administración, se requiere un proceso administrativo en virtud de lo que se obtendrá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez terminado, y respetando unos plazos, se obtendrá una certificación definitiva.Resultado de la certificación como Vivienda de Protección Oficial, según si se trata de una promoción pública o privada, la casa tendrá una condición u otra. En las primeras, como ya se mencionó anteriormente, la casa debe dirigirse a residencia habitual, y el valor de acceso a la misma estará limitado.
Para vender una Vivienda de Protección Oficial se debe disponer de la autorización de la Autoridad Competente en cuestión de vivienda, contando igualmente con que el valor de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: En aquellas viviendas objeto de alquiler, los herederos del titular del contrato tendrán la posibilidad de acogerse en su posición siempre y cuando cumplieran los requisitos para solicitar la casa y mantuvieran el lazo de parentesco con el arrendatario exigido, así como estar censados en la casa.Siendo un contrato de compraventa, el heredero del difunto que poseía la titularidad de la vivienda tendrá la posibilidad de subrogarse en la situación del fallecido en cuanto al contrato de compraventa.
En el bufete hacemos el estudio de cada asunto concreto para comprobar si los clientes se encuentran en situación de acceder a una vivienda de estas características, del mismo modo que, cuando se ha tenido acceso a la propiedad, orientamos en todas aquellas gestiones y trámites que desearan realizar en relación con su VPO.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.
CASO DE ÉXITO: Se demuestra la no prescripción de una acción
Nuestros clientes, un grupo de vecinos de una Comunidad de propietarios, solicitaron nuestra ayuda debido a que una vecina realizó obras en su terraza sin consentimiento de la Comunidad, provocando un perjuicio a nuestros clientes.
CASO DE ÉXITO: Alteración de elemento común comunidad de propietarios
Nuestros clientes, solicitaron nuestra ayuda al buscar la cesación de obras realizadas por la otra parte en las terrazas comunes de una Comunidad de Propietarios. Dichas alteraciones, no autorizadas por la Comunidad de Propietarios, incluyen desmantelamiento de la cubierta, instalación de barandillas, forjados, nuevos accesos, muros y una barbacoa, causando perjuicios y humedades a nuestros clientes. VMS abogados exigió la retirada de las construcciones y la restitución de la terraza al estado en el que se encontraba.
CASO DE ÉXITO: Capacidad de demandar por vecinos
En una Comunidad de Propietarios, una vecina realizó modificaciones de un elemento común sin contar con el consentimiento de la Comunidad . De esta manera, unos vecinos solicitaron nuestra ayuda debido a que estaban sufriendo daños y perjuicios por esta alteración estructural.
CASO DE ÉXITO: Delito de daños, arrebato y dilaciones indebidas
CASO DE ÉXITO: Delito de daños, arrebato y dilaciones indebidas. Una Comunidad de Propietarios solicita nuestra ayuda cuando se enfrenta a un problema surgido por la destrucción de sus cámaras de seguridad a manos de una vecina.
CASO DE ÉXITO: No devolución fianza
CASO DE ÉXITO: No devolución fianza. Nuestra Cliente se puso en contacto al recibir una demanda que había interpuesto su inquilino en reclamación de 2.000 euros, que habían fijado en concepto de fianza al comienzo de la relación arrendaticia.