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Proyecto cambio de uso de local a vivienda - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social requiere de ideas innovadoras para satisfacer una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho a tener una casa.
Por tanto, y teniendo en cuenta el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco habitual que nuevos propietarios compren inmuebles cuyo uso inicial era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De este modo se desarrolla una nueva manera de acceso a vivienda, que no es ajena a cuestiones, tanto de índole técnica como jurídica.
Como hemos indicado, llevar a cabo el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha desarrollado un negocio para adaptarlo a las necesidades de una casa no se encuentra exento de un reacondicionamiento técnico del inmueble, siendo obligatorio cumplir con ciertas medidas, posicionamiento en relacióna la acera de cada una de las habitaciones que componen la vivienda, necesidad de tener cocina y de sistema de salida de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, además de accesibilidad y seguridad en cuestión de prevención de incendios, entre otras peticiones.

A las condiciones técnicas o físicas que tiene que reunir el inmueble se le sumarán las legales, de modo que se debe cumplir con lo recogido por la legislación administrativa en materia urbanística y control acerca de los usos del suelo. En virtud de ello, tiene que tenerse presente que el cambio de uso terciario a residencial requerirá la tramitación de una preceptiva licencia de obra solicitada a través del proceso ordinario habitual. Para ello, es necesario presentar un proyecto preparado por un técnico experto en este tipo de cuestiones, y que deberá incluir aquellas obras a acometer que se ajustan al Código de Edificación. No obstante, y con anterioridad, conviene obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en todo caso servirá para garantizar que el nuevo uso que tendrá el suelo no interfiere con lo reflejado por la legislación urbanística. De la misma manera, es aconsejable obtener un estudio de viabilidad previo confeccionado por un perito competente, que permitirá valorar si el cambio de uso es viable, aunque también puede que lo realice el propio Ayuntamiento, siendo el mismo facultativo, pero muy recomendable.
Por otro lado, el cambio de uso no tiene que infringir lo estipulado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o estructura del bloque en el que se encuentra, priorizando principalmente la posibilidad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada recogido constitucionalmente. No obstante, cuando se alteran elementos comunes hay que contar con el consentimiento de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Proyecto cambio de uso de local a vivienda - Características de nuestro servicio
Un abogado experto conoce toda la tramitación a llevar a cabo ante el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el proceso para la concesión de la licencia y, por otro lado, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración estipule para la concesión de las autorizaciones oportunas para realizar cambio de uso, pautando los correspondientes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con el objetivo de evitar potenciales obstáculos por parte de la Comunidad de Vecinos, se llevará a cabo un estudio previo sobre los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de verificar que se permite realizar el cambio de uso. De la misma manera, y si es necesario, se acudirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en la cuestión para explicar la realidad del proyecto y la no afectación en la configuración y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en colaboración con un profesional competente en el tema, que se responsabilizará de preparar los documentos y análisis técnicos necesarios para proceder al cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Proyecto cambio de uso de local a vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han manifestado algunas de las particularidades y/o dificultades a las que se debe enfrentar una persona o empresario que desee cambiar el uso de una propiedad de terciario a vivienda, aconsejamos que recurran al bufete lo antes posible si lo que buscan es agilizar todo el proceso para cambiar el uso original de su propiedad, o quieren asesoramiento, así como asistencia letrada letrada por las negativas emitidas por parte del Ayuntamiento y que impiden continuar con el procedimiento.
De la misma manera, y dada la entidad del cambio físico y jurídico que experimenta la construcción, el cambio deberá acudir al Registro de la Propiedad a través de la oportuna escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de esta clase de procedimientos resultará muy útil para agilizar toda esta etapa final.
Por otro lado, la maestría y conocimiento de diferentes regímenes jurídicos que atañen a viviendas servirá para dotar de un asesoramiento más personalizado, ajustado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al saber cuál es su régimen y el alcance de calificación, y tras analizar el tema, será más sencillo ajustar el procedimiento de cambio de uso a los requerimientos de esta clase de propiedad con un régimen más complejo.
Como hemos explicado, el mejor momento para ponerse en contacto con el bufete será cuando la persona se plantee tramitar el cambio de uso de un local, momento en el que se mostrará todos los pasos por recorrer y se recibirá consultoría experta en cada una de las fases del proceso para el cambio de uso, buscando la solución óptima si hay que tomar diferentes determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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