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Prórroga de contrato de arrendamiento de vivienda urbana - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos en los que uno de los participantes de la relación jurídica, el arrendador, se obliga a entregar la utilización de la cosa a la otra parte, el arrendatario, que adquirirá el derecho de usar la vivienda a cambio de una prestación. En este artículo nos enfocaremos en describir los arrendamiento de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para reglamentar esta habitual actividad jurídica se promulgó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que se aplica a los arrendamientos de inmuebles que se destinen a vivienda o a usos distintos de vivienda, como un local comercial. Los alquileres que se reflejan en dicha Ley quedarán sujetos a lo contemplado en ella, aunque se acatarán los acuerdos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de alquiler, de forma general, tienen que contemplar, entre otras cuestiones, las obligaciones: el arrendador estará obligado a traspasar la cosa objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al inquilino, a llevar a cabo en el objeto de alquiler todas las restauraciones necesarias a fin de que sirva para la utilización a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el disfrute pacífico del arrendamiento por toda la duración del contrato.
Como contraprestación, el arrendatario quedará obligado, habitual, a abonar el coste del alquiler en los términos establecidos y a utilizar la vivienda alquilada de buena forma, destinándola al uso acordado.
Además, los contratos de alquiler deberán contemplar: el bien sobre el que recae el alquiler, el plazo de duración, la renta establecida, las formas de prolongar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las opciones de cesión y subarriendo, las formas de cancelar, rescindir y finalizar el contrato; también pueden reflejar si se produjera algún conflicto, los Tribunales a los que quedarán sujetas los participantes para resolver las controversias que puedan derivarse del cumplimiento o incumplimiento del contrato de arrendamiento, así como también podrán decantarse por someterse a la intermediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy amplia, dado que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario nos ocupamos de estos asuntos de forma habitual.
A continuación, os explicaremos en qué consisten nuestras labores y nuestra intervención en todo lo lo que tenga que ver con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Prórroga de contrato de arrendamiento de vivienda urbana - Características de nuestro servicio
En primer lugar, el abogado especialista en contratos de arrendamiento tiene que haber tenido una formación específica en todo lo relativo a los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso residencial, cuya dedicación principal debe ser cubrir la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, o sean alquileres pensados para uso diferente del residencial, que son aquellos que recaen sobre edificaciones que tengan como destino principal uno diferente del pensado para vivienda.
Con respecto a las funciones que desempeñamos, suelen coincidir con algunas de las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los alquileres:
- Recopilación y análisis de la documentación relativa al bien que se pretende alquilar, por ejemplo, obtener la información que recoge en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, asegurarnos de la posesión del arrendador sobre el inmueble, saber las deudas que sobre él pesan, etc.
- Preparar los contratos de alquiler, así como orientar a los clientes en el proceso para minimizar los riesgos de disputas en el futuro.
- Velar por los derechos de la parte que contrate nuestros servicios. En caso de ser propietario, debemos asumir la representación judicial del cliente en caso de tener que pedir el desahucio de la casa por de la falta de pago de rentas o por el quebrantamiento de las obligaciones contempladas en el contrato, por ejemplo. De esta manera, en caso de que el cliente sea inquilino, le representaremos si quiere enervar las cantidades exigidas jurídicamente, de requerir al propietario para que cumpla con sus deberes de conservación y mantenimiento de la vivienda, etc.

Prórroga de contrato de arrendamiento de vivienda urbana - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El motivo para contratar a un abogado especialista en contratos de alquiler resulta obvio: para garantizar en todo lo posible nuestros derechos y poder gozar de la tranquilidad que concede tener a un experto que esté velando por nuestros derechos.
Tanto si eres inquilino como arrendador debes garantizar el cumplimiento de las responsabilidades que corresponden a cada una de las partes, así como asegurarte de que no se violan las estipulaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, dependiendo de la naturaleza del destino de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo adecuado para contratar a un abogado especialista en arrendamientos siempre aconsejamos que es el momento anterior a la firma del contrato, ya que una vez firmado, nos obligamos a lo que en él se contemple.
Sin embargo, es común en nuestro trabajo que los clientes vengan cuando ya tienen una disputa contractual sobre el alquiler acordado, por lo que también estamos habituados a proteger sus derechos cuando los incumplimientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que el papel del abogado será intentar evitar un pleito judicial e intentar resolver la cuestión de forma amistosa, siempre que consideremos que es la solución más apropiada para las dificultades del cliente, además de ser la más económica normalmente.
Esperamos que este post os haya acercado un poco más a la fórmula de los alquileres, que pueda haber contribuido resolver las cuestiones que se os planteen al menos de forma inicial, y como siempre comentamos, podéis preguntarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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