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Precontrato de compraventa de inmueble - VMS Abogados
Sin embargo, nuestro Código Civil también permite, según su artículo 1.446, que el valor de la venta consista en entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que marca que sea veraz, es decir, que quede perfectamente delimitado y contemplado en el documento, siendo necesario para ello que el valor sea acordado, no pudiéndose consignar unilateralmente por ninguna de las partes implicadas.
De esta forma, un elemento fundamental del contrato de compraventa es la perfección de la venta entre comprador y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en el objeto del contrato y en el valor, aunque no hayan sido entregados.
Así las cosas, hay múltiples contratos que tienen relación con la concesión de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el propio contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Precontrato de compraventa de inmueble - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las labores que desempeña un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, vamos a tratar de de sintetizarlas, ya que son amplias y, en la mayor parte de los casos, complejas:
- En primer lugar, se debe conseguir información registral de la vivienda, esto es, pedir al Registro de la Propiedad donde se encuentre la misma que nos informe en qué situación se encuentra la propiedad: exenta de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Es casi práctica imprescindible antes de proceder a concretar un contrato de compraventa formalizar un “precontrato” en el que se recojan condiciones acordadas entre vendedor y comprador, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las disparidades entre ellos.
- Tiene que asegurarse el abogado especialista en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y transmitir al cliente qué tipo de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, como es obvio, el propio valor de la propiedad. Una de las funciones llevadas a cabo por los abogados se basa también en redactar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos ocupamos de llegar a acuerdos como representantes de nuestros clientes, y conseguir, en multitud de ocasiones, que se cumplan los fines determinados en cuanto a conseguir el precio deseado a cambio del inmueble cuando queremos vender o conseguir una rebaja en el mismo cuando queramos comprar.
- Además, entre otras cuestiones, también nos ocupamos de comprobar si las partes se encuentran capacitadas para realizar la enajenación o transmisión de la propiedad, puesto que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente otorga competencia para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros lectores no lo lo conoce, no obliga la legilsación actual a oficializar los contratos de compraventa en una notaría, aunque evidentemente, resulta muy aconsejable. Es decir, Luis puede vender a Jesús su casa a través de un contrato formalizado entre ellos, sin que haga falta acudir al Notario y por supuesto, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que esto nos puede brindar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para evitar inconvenientes en un futuro.
Precontrato de compraventa de inmueble - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, somos conscientes de que los problemas legales que pueden perjudicar al patrimonio de las personas surgen por el más pequeño contratiempo no previsto, y es por ello por lo que en materias tan complejas y relevantes económicamente como en situación de compraventa de propiedades, y por la importancia que pueden tener en nuestro capital, recomendamos recurrir a un especialista una vez hemos decidido y adoptado la decisión de comprar una casa.
Es cierto que podemos posponer el momento de recurrir a un abogado cuando tenemos escogida la casa: en ese momento, deberíamos empezar a gestionar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior apartado y que el abogado nos asesore y oriente sobre los pasos a completar: recopilación de información registral, negociación para el intercambio de pareceres acerca del precio, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que tengamos la intención de suscribir un alquiler, por ejemplo) o contrato de arras.
No obstante, y a pesar de nuestra ayuda, suele ser habitual en nuestra profesión que nuestros clientes acudan a nosotros cuando ya tienen problemas a nivel legal, por lo que estamos totalmente acostumbrados a trabajar en circunstancias en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que curar.
Esperamos que el presente post os ayude a entender en qué se basan los contratos de arrendamiento sobre vivienda y cuáles son las tareas que realiza un abogado, pero si os surge cualquier tipo de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.