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Las viviendas de protección oficial se pueden alquilar - VMS Abogados

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Las viviendas de protección oficial se pueden alquilar - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección brindada no se presenta exenta de limitaciones para las VPO, y es que, para su comercialización, los propietarios tendrán que disponer de una autorización de transmisión realizada por la Administración competente.
La posesión y/o propiedad de una Vivienda de Protección Oficial requiere mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba a través de inspecciones periódicas hechas por los Servicios de Inspección. De la violación de esta restricción se podría acabar cometiendo una falta.
Se marca un precio máximo de venta al igual que un precio designado de alquiler. En el caso de la compraventa, cuando la propiedad se libera, el propietario puede venderla a coste de mercado sin necesidad de cumplir el límite determinado por la legislación autonómica.
- Requisitos económicos de acceso: para optar a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid exige ciertos requisitos a aquellos que quieren comprar una casa, ya sea mediante la adquisición o alquiler.Esencialmente, las rentas familiares no pueden ser más de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se refleja en los Presupuestos Generales, e igualmente, la persona que quiere tener acceso a una Vivienda de Protección Oficial no puede ser propietario de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en todo el territorio nacional, ni una libre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Como previamente se ha especificado, la VPO deberá dirigirse a vivienda habitual, por lo que no podrá ser residencia vacacional o usada como fuente de ingresos, por ejemplo, a través de su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede imponer requisitos adicionales para acceder a viviendas reservadas a personas con determinadas situaciones especiales, como son la minusvalía o el régimen de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una casa posea la calificación de VPO, y por tanto esté protegida por la Administración, se requiere un procedimiento administrativo en virtud de lo que se conseguirá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez terminado, y cumpliendo con unos plazos, se obtendrá una calificación definitiva.Fruto de la certificación como Vivienda de Protección Oficial, según si se trata de una promoción pública o privada, la casa tendrá una condición u otra. En las primeras, como ya se mencionó antes, la casa tiene que dirigirse a residencia habitual, y el valor de compra de la misma se encontrará limitado.
Para vender una Vivienda de Protección Oficial se debe contar con la licencia de la Autoridad Competente en cuestión de vivienda, contando igualmente con que el valor de su venta será más bajo.
- Herencia de VPO: En aquellas propiedades objeto de alquiler, los herederos del propietario del contrato podrán acogerse en su lugar siempre y cuando reunieran las condiciones para solicitar la casa y mantuvieran el lazo de consanguinidad con el inquilino exigido, así como estar empadronados en la casa.Siendo un contrato de compraventa, el heredero del finado que ostentaba la propiedad de la vivienda podrá subrogarse en la situación del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho llevamos a cabo el estudio de cada caso específico para verificar si los clientes se encuentran en posición de acceder a una vivienda de este tipo, de la misma manera que, cuando se ha tenido acceso a la vivienda, aconsejamos en todas aquellas gestiones y trámites que quisieran realizar en relación con su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Desahucio renta antigua
CASO DE ÉXITO: Desahucio renta antigua. Nuestra Clienta acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que es propietaria de una vivienda heredada de sus padres, la cual la tenían arrendada desde el año 1977. A pesar de no existir un contrato de arrendamiento, nos aportó abundante documentación que acreditaba el arrendamiento a favor de un señor y su familia (reconocimiento de deuda, cartas remitidas al arrendatario, documentación contable, etc.). Una vez fallecido éste, en el año 2012, la cónyuge del inquilino se subrogó en la posición de arrendataria y, cuando falleció, en el año 2020, la hija del matrimonio pretendió subrogarse alegando que era la primera subrogación y que tendría derecho a mantenerse en la vivienda hasta el fin de sus días.

CASO DE ÉXITO: Incumplimiento de la paralización judicial de una obra
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.

CASO DE ÉXITO: Absolución acusado violencia de género
Nuestro Cliente, acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que su ex pareja le había denunciado, manifestando, que este le había amenazado debido a que había discutido con su hija de 11 años y esta se había ido sola hacia casa de la madre y que en caso de que no llegara se lo dijera para avisar él a la policía y a los servicios sociales, preocupándose así ella por la menor.

CASO DE ÉXITO: Legitimación activa propietario impugnación acuerdo frente Mancomunidad
Nuestra Clienta, propietaria de una vivienda en planta baja, acudió al Despacho para valorar la viabilidad de proceder con la impugnación de un acuerdo, relativo al reparto de gastos comunitarios, que había sido adoptado por su Mancomunidad de Propietarios, en la que se encuentra integrada su Comunidad de Propietarios.

CASO DE ÉXITO: Desestimación medida cautelar
Nuestro Cliente era la Comunidad de Propietarios demandado, y acudió al Despacho para contestar a la demanda interpuesta por una propietaria de una vivienda en planta baja cual solicitaba que se declarase nulo el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios, que obligaba a la demandada a contribuir al pago de la instalación del ascensor, así como de su mantenimiento y funcionamiento, al igual que el resto de comuneros, y además, solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecutividad del acuerdo en Junta por el que se obligaba a los propietarios a comenzar la derrama oportuna para la instalación del ascensor

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,