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Las viviendas de protección oficial se pueden alquilar - VMS Abogados

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Las viviendas de protección oficial se pueden alquilar - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección brindada no se presenta exenta de limitaciones para las VPO, y es que, para su comercialización, los propietarios tendrán que disponer de una autorización de transmisión realizada por la Administración competente.
La posesión y/o propiedad de una Vivienda de Protección Oficial requiere mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba a través de inspecciones periódicas hechas por los Servicios de Inspección. De la violación de esta restricción se podría acabar cometiendo una falta.
Se marca un precio máximo de venta al igual que un precio designado de alquiler. En el caso de la compraventa, cuando la propiedad se libera, el propietario puede venderla a coste de mercado sin necesidad de cumplir el límite determinado por la legislación autonómica.
- Requisitos económicos de acceso: para optar a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid exige ciertos requisitos a aquellos que quieren comprar una casa, ya sea mediante la adquisición o alquiler.Esencialmente, las rentas familiares no pueden ser más de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se refleja en los Presupuestos Generales, e igualmente, la persona que quiere tener acceso a una Vivienda de Protección Oficial no puede ser propietario de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en todo el territorio nacional, ni una libre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Como previamente se ha especificado, la VPO deberá dirigirse a vivienda habitual, por lo que no podrá ser residencia vacacional o usada como fuente de ingresos, por ejemplo, a través de su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede imponer requisitos adicionales para acceder a viviendas reservadas a personas con determinadas situaciones especiales, como son la minusvalía o el régimen de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una casa posea la calificación de VPO, y por tanto esté protegida por la Administración, se requiere un procedimiento administrativo en virtud de lo que se conseguirá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez terminado, y cumpliendo con unos plazos, se obtendrá una calificación definitiva.Fruto de la certificación como Vivienda de Protección Oficial, según si se trata de una promoción pública o privada, la casa tendrá una condición u otra. En las primeras, como ya se mencionó antes, la casa tiene que dirigirse a residencia habitual, y el valor de compra de la misma se encontrará limitado.
Para vender una Vivienda de Protección Oficial se debe contar con la licencia de la Autoridad Competente en cuestión de vivienda, contando igualmente con que el valor de su venta será más bajo.
- Herencia de VPO: En aquellas propiedades objeto de alquiler, los herederos del propietario del contrato podrán acogerse en su lugar siempre y cuando reunieran las condiciones para solicitar la casa y mantuvieran el lazo de consanguinidad con el inquilino exigido, así como estar empadronados en la casa.Siendo un contrato de compraventa, el heredero del finado que ostentaba la propiedad de la vivienda podrá subrogarse en la situación del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho llevamos a cabo el estudio de cada caso específico para verificar si los clientes se encuentran en posición de acceder a una vivienda de este tipo, de la misma manera que, cuando se ha tenido acceso a la vivienda, aconsejamos en todas aquellas gestiones y trámites que quisieran realizar en relación con su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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