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Convertir local en vivienda - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social precisa de ideas creativas para atender una de las necesidades más básicas que existen, que es el derecho a tener una casa.
Con lo cual, y considerando el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco habitual que algunas personas compren inmuebles cuyo uso original era de local o negocio, para destinarlo a vivienda.
De esta manera se crea una nueva forma de disfrutar de una vivienda, que no resulta ajena a cuestiones, tanto de índole técnica como jurídica.
Como hemos indicado, realizar el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha llevado a cabo un negocio para adaptarlo a las necesidades de una vivienda no se encuentra exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, imponiéndose la obligación de cumplir con determinadas medidas, situación con respecto a la acera de cada una de las habitaciones que conforman la vivienda, necesidad de tener cocina y de instalación de evacuación de humos, requisitos sobre iluminación y ventilación, así como accesibilidad y protección en materia de prevención de incendios, entre otras peticiones.

A las demandas técnicas o físicas que debe cumplir la vivienda se le sumarán las jurídicas, de modo que se debe cumplir con lo especificado por la normativa administrativa en materia urbanística y control sobre usos del suelo. En virtud de ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso de local a residencial exigirá la obtención de una preceptiva licencia de obra obtenida a través del proceso ordinario común. Para ello, se deberá presentar un proyecto confeccionado por un perito experto en este tipo de cuestiones, y que habrá de contener aquellas obras a acometer que cumplen con Código de Edificación. Sin embargo, y anteriormente, conviene conseguir el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, tramitado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso servirá para asegurar que el nuevo uso del que se dotará el suelo no interfiere con lo reflejado por la normativa urbanística. De la misma manera, es aconsejable obtener un informe de viabilidad previo confeccionado por un perito especializado, que permitirá valorar si el cambio de uso es viable, aunque también es posible que lo realice el propio Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero muy aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no tiene que infringir lo reflejado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la protección o configuración del bloque en el que se ubica, priorizando mayormente la libertad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada recogido constitucionalmente. No obstante, cuando se alteran elementos comunes es necesario contar con el consentimiento de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Convertir local en vivienda - Características de nuestro servicio
Un abogado experto sabe toda la burocracia a llevar a cabo en el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el procedimiento para la concesión del permiso y, por otro lado, aconsejará en todos aquellos impedimentos que la Administración estipule para la obtención de las autorizaciones oportunas para realizar cambio de uso, pautando los pertinentes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma manera, y con el objetivo de prevenir potenciales obstáculos por parte de la Comunidad de Vecinos, se realizará un estudio previo sobre los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de corroborar que se permite realizar el cambio de uso. De la misma manera, y en caso de ser necesario, se acudirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en el asunto para explicar la realidad del proyecto y la inocua alteración en la estructura y seguridad del edificio y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en colaboración con un técnico experto en la cuestión, que se responsabilizará de realizar los documentos y proyectos técnicos oportunos para proceder al cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Convertir local en vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han manifestado algunas de las peculiaridades y/o dificultades a las que se enfrenta un ciudadano o empresa que quiera cambiar el uso de un inmueble de terciario a vivienda, recomendamos que acudan al bufete cuanto antes si lo que buscan es optimizar todo el proceso para cambiar el uso original de su propiedad, o quieren orientación, así como amparo legal letrada por las denegaciones emitidas por parte del Ayuntamiento y que son un lastre para seguir con el proceso.
De la misma forma, y dada la entidad del cambio físico y legal que experimenta el local, el cambio tendrá que acceder al Registro de la Propiedad a través de la oportuna escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de este tipo de actuaciones resultará muy útil para optimizar toda esta etapa final.
Además, la especialización y conocimiento de diferentes regímenes legales que afectan a viviendas servirá para dotar de un servicio de consultoría más personalizado, adaptado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al saber cuál es su naturaleza y la extensión de calificación, y después de valorar la cuestión, será más sencillo adaptar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de esta clase de vivienda con un régimen más complejo.
Como hemos comentado, el mejor momento para ir al bufete será cuando el interesado se plantee tramitar el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se explicará todo el camino por recorrer y se recibirá asistencia especializada en cada una de las etapas del proceso para el cambio de uso, encontrando la solución óptima si hay que tomar diferentes determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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