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Convertir local en vivienda Collado Villalba - VMS Abogados
El nuevo contexto económico y social requiere de ideas creativas para atender una de las necesidades más básicas de todas, que es el derecho a tener una casa.
Por tanto, y considerando el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco frecuente que algunas personas compren viviendas cuyo uso inicial era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De esta forma se extiende una nueva manera de disfrutar de una vivienda, que no es ajena a cuestiones, tanto de índole técnica como judicial.
Como hemos indicado, realizar el cambio de uso de un local en el que se ha llevado a cabo un negocio para adaptarlo a las necesidades de una casa no está exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, siendo indispensable cumplir con ciertas medidas, posicionamiento en relacióna la acera de cada una de las habitaciones que componen la casa, necesidad de tener cocina y de instalación de salida de humos, requisitos sobre iluminación y ventilación, además de accesibilidad y seguridad en cuestión de prevención de incendios, entre otras condiciones.

A las obligaciones técnicas o físicas que tiene que cumplir la vivienda se le añadirán las legales, de manera que se debe cumplir con lo estipulado por la normativa administrativa en cuestión urbanística y control sobre usos del suelo. En virtud de ello, tiene que tenerse presente que el cambio de uso de local a vivienda precisará de la tramitación de la obligatoria licencia de obra solicitada a través del proceso ordinario común. Para ello, se deberá presentar un proyecto firmado por un técnico experto en este tipo de cuestiones, y que deberá contener aquellas obras a realizar que cumplen con Código de Edificación. No obstante, y con carácter previo, es recomendable obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en todo caso permitirá asegurar que el nuevo uso que se dará al suelo no proscribe con lo dispuesto por la legislación urbanística. De la misma forma, conviene obtener un estudio de viabilidad previo preparado por un perito especializado, que permitirá valorar si el cambio de uso es viable, aunque también puede que lo confeccione el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo facultativo, pero muy recomendable.
Además, el cambio de uso no debe infringir lo estipulado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o estructura del bloque en el que se ubica, priorizando principalmente la posibilidad de ejercitar el derecho sobre la propiedad privada recogido en la Constitución. Sin embargo, cuando se modifican elementos comunes hay que tener la aprobación de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Convertir local en vivienda Collado Villalba - Características de nuestro servicio
Un abogado experto conoce toda la burocracia a llevar a cabo ante el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el proceso para la concesión del permiso y, por otro lado, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración fije para la obtención de las autorizaciones oportunas para proceder al cambio de uso, interponiendo los correspondientes recursos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
Igualmente, y con la finalidad de evitar potenciales obstáculos por parte de la Comunidad de Propietarios, se realizará un estudio previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de corroborar que se permite realizar el cambio de uso. Del mismo modo, y en caso de ser necesario, se asistirá a la Junta de Propietarios junto con el técnico competente en la cuestión para explicar la realidad del proyecto y la inocua afectación en la configuración y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en coordinación con un profesional experto en la cuestión, que se responsabilizará de preparar los documentos y proyectos técnicos oportunos para realizar el cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Convertir local en vivienda Collado Villalba - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han expuesto algunas de las particularidades y/o complejidades a las que se tiene que enfrentar un ciudadano o empresa que desee cambiar el uso de una propiedad de terciario a vivienda, aconsejamos que acudan al bufete lo antes posible si lo que quieren es agilizar todo el proceso para cambiar el uso original de su inmueble, o quieren un servicio de consultoría, así como amparo legal letrada por las negativas notificadas por parte del Ayuntamiento y que son un lastre para seguir con el procedimiento.
De la misma manera, y dada la naturaleza del cambio físico y jurídico que sufre la construcción, el cambio tendrá que acudir al Registro de la Propiedad mediante la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de este tipo de procedimientos resultará muy útil para optimizar toda esta etapa final.
Por otro lado, la maestría y conocimiento de diferentes regímenes jurídicos que afectan a viviendas servirá para dotar de un asesoramiento más personalizado, adaptado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al conocer su naturaleza y el alcance de calificación, y tras valorar el caso, será más sencillo ajustar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de este tipo de propiedad con un régimen más complicado.
Como hemos explicado, el mejor momento para ir al bufete será cuando la persona se proponga tramitar el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se mostrará todos los pasos por recorrer y se recibirá asistencia experta en cada una de las fases del proceso para el cambio de uso, buscando la solución óptima en caso de tener que tomar distintas determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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