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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa recoge como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no se pueda separar sin romperse o estropearse.
Así, si bien la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, conozcamos todas las modalidades de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su mero uso sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para satisfacer deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrario, un pacto por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las situaciones legales concebidas en torno al uso o propiedad de un bien es esencial, y así lo tratamos en nuestro Despacho, confeccionando detallada y cuidadosamente cada clase de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de realizar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente establecido cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué forma lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar la cuestión. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir una propiedad para usarla como residencia habitual, esto es, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para describir la propiedad, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre libre de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando disponemos de toda la documentación necesaria, procederemos a reflejar por escrito las condiciones de la adquisición: precio, modo y forma de pagar, plazo para hacer entrega de las Escrituras, personas que deben participar, forma de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, se producirá la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos proporciona múltiples opciones en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para recurrir a profesional normalmente es el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento idóneo para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si puede haber situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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