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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación describe como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Por tanto, aunque es cierto que la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, comprendamos todas las modalidades de contratos que es posible confeccionar y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales procede del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio disfrute sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del pago de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, cambiando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las situaciones legales concebidas alrededor del disfrute o propiedad de una propiedad resulta de vital importancia, y de este modo lo tratamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y concienzudamente cada estilo de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede adecuadamente contemplado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y cómo lo podemos reflejar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el caso. Pongamos por caso que necesitamos comprar una propiedad para usarla como residencia habitual, esto es, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la propiedad, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre la misma existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, procederemos a reflejar por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y forma de pagar, tiempo para conceder las Escrituras, personas que tienen que participar, forma de dirimir todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece multitud de opciones en cuanto a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden realizar que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento adecuado para contactar con un abogado es siempre el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos rutinarios como buscar una casa que se ajuste a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, restricciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la primera labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si pueden existir situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para decidir si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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