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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa describe como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o deteriorarse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos todos los tipos de contratos que es posible confeccionar y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Hay que destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales deriva de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un pacto por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes jurídicas concebidas en torno al uso o propiedad de una propiedad resulta imprescindible, y de este modo lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando detallada y cuidadosamente cada tipo de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a realizar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede adecuadamente contemplado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, gozar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar la cuestión. Pongamos por caso que necesitamos comprar una propiedad para usarla como residencia habitual, esto es, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la propiedad, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que esté libre de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, procederemos a reflejar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y forma de pagar, plazo para conceder las Escrituras, personas que tienen que participar, forma de solucionar todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece numerosas opciones en cuanto a los tipos de contrato y las actividades que se pueden realizar que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento idóneo para recurrir a un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a simples actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestras necesidades.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que realizamos los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si puede haber situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para decidir si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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