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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de manera fija, que no se pueda separar sin quebrantarse o deteriorarse.
Por tanto, aunque es cierto que la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, conozcamos todas las modalidades de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales procede de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un pacto por el que se otorga el dominio y explotación de la propiedad a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, cambiando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las vicisitudes jurídicas concebidas alrededor del uso o propiedad de una propiedad es imprescindible, y así lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y cuidadosamente cada clase de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente reflejado cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Así, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a recoger por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y forma de pagar, tiempo para entregar las Escrituras, personas que deben participar, modo de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará cargo si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la normativa no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos proporciona numerosas posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para recurrir a profesional es siempre el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, limitaciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que llevamos a cabo los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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