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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa describe como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda dividirse sin romperse o deteriorarse.
Por eso, aunque es cierto que la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, comprendamos todos los tipos de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales viene del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de un canon anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, cambiando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad resulta de vital importancia, y de esta forma lo tratamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada clase de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente reflejado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, gozar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué forma lo podemos recoger en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué quiere el cliente, nos encargamos de enfocar el caso. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, es decir, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la propiedad, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre libre de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a dejar por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, tiempo para otorgar las Escrituras, partes que deben participar, forma de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en base a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la Ley no nos obliga a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos ofrece un amplio abanico de opciones en cuanto a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento óptimo para contactar con un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos rutinarios como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento idóneo para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que ejercemos los expertos en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si puede haber situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para valorar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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