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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En España, Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda dividirse sin quebrantarse o estropearse.
Por eso, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, comprendamos todas las modalidades de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su mero uso sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un acuerdo por el que se entrega el dominio y explotación de la propiedad a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas en torno al uso o propiedad de una propiedad resulta fundamental, y así lo gestionamos en nuestro Bufete, confeccionando detallada y concienzudamente cada clase de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente reflejado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué forma lo podemos reflejar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la propiedad, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre libre de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Una vez que disponemos de toda la documentación necesaria, procederemos a plasmar por escrito los requisitos de la adquisición: valor económico, modo y mecanismo de pago, plazo para entregar las Escrituras, partes que deben intervenir, forma de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice según los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la Ley no nos obliga a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona multitud de posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento adecuado para recurrir a profesional es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la primera función que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos guiaros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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