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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación describe como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, comprendamos toda la tipología de contratos que podemos constituir y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Hay que destacar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrario, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, modificando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las vicisitudes legales concebidas alrededor del disfrute o propiedad de un bien resulta fundamental, y de esta manera lo gestionamos en nuestro Despacho, confeccionando detallada y cuidadosamente cada tipo de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede adecuadamente determinado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y cómo lo podemos recoger en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué necesita el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, tenemos que preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la propiedad, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a reflejar por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y forma de pagar, tiempo para conceder las Escrituras, partes que tienen que participar, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará cargo si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, acometeremos la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la Ley no nos fuerza a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, la legislación actual nos ofrece multitud de opciones en cuanto a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento apropiado para recurrir a un abogado es siempre el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a simples actos rutinarios como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento adecuado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que realizamos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para decidir si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos asesoraros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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