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Contrato de vivienda de alquiler - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos por los que una de las partes de la relación jurídica, el propietario, queda obligado a entregar el uso del bien al otro participante, el inquilino, que adquirirá el derecho de usar la vivienda a cambio de una prestación. En este artículo nos enfocaremos en describir los arrendamiento de fincas, y en especial, de las fincas urbanas.
Para organizar esta habitual actividad jurídica se promulgó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los arrendamientos de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos diferentes de vivienda, como un local comercial. Los alquileres que se recogen en esta Ley quedarán sujetos a lo estipulado en la misma, aunque se acatarán los acuerdos entre ambas partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de forma general, deben reflejar, entre otras cuestiones, los deberes: el arrendador quedará obligado a traspasar la cosa objeto del contrato (en este caso, el inmueble) al arrendatario, a hacer en el objeto de alquiler todas las reparaciones necesarias para que sirva para el uso a que ha sido dedicada y a mantener al arrendatario en el disfrute pacífico del alquiler por todo el tiempo del contrato.
A cambio, el inquilino estará obligado, frecuente, a abonar el coste del arrendamiento en los términos pactados y a utilizar la cosa alquilada de buena forma, destinándola al uso acordado.
Además, los contratos de alquiler tendrán que contener: el bien sobre el que recae el arrendamiento, el tiempo de duración, la renta estipulada, las formas de prolongar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las opciones de entrega y subarriendo, las maneras de suprimir, rescindir y extinguir el contrato; también pueden reflejar en caso de conflicto, los Juzgados a los que se someterán los participantes para solucionar las disputas que puedan derivarse del cumplimiento o incumplimiento del contrato de arrendamiento, así como también podrán optar por someterse a la mediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, debido que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario tratamos estos temas de manera frecuente.
A continuación, sobre en qué consisten nuestras labores y nuestra actuación en todo lo relacionado con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de vivienda de alquiler - Características de nuestro servicio
Principalmente, el abogado experto en contratos de alquiler debe haber recibido una formación específica en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso residencial, cuyo destino primordial tiene que ser cubrir la necesidad estable de vivienda del arrendatario, o sean alquileres previstos para uso diferente del residencial, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como destino principal uno distinto del pensado para vivienda.
En cuanto a las funciones que desempeñamos, suelen coincidir con algunas de las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los arrendamientos:
- Recopilación y estudio de la documentación relativa al bien que se pretende arrendar, por ejemplo, conseguir la información que recoge en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la titularidad del arrendador sobre la piso, saber las deudas que sobre él pesan, etc.
- Preparar los contratos de alquiler, así como aconsejar a los clientes en el proceso para minimizar los riesgos de disputas en el futuro.
- Velar por los intereses de la parte contratante de nuestros servicios. En caso de ser arrendador, debemos llevar la representación judicial del cliente si hay que solicitar el desahucio de la casa por de la falta de pago de rentas o por el quebrantamiento de las responsabilidades contenidas en el contrato, por ejemplo. Así, en caso de que el cliente sea arrandatario, le representaremos si quiere enervar las cantidades exigidas jurídicamente, de solicitar al propietario para suma sus deberes de preservación y mantenimiento de la vivienda, etc.

Contrato de vivienda de alquiler - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué contratar a un abogado especialista en contratos de arrendamiento parece evidente: para garantizar al máximo nuestros intereses y poder disfrutar de la tranquilidad que concede tener a un especialista que esté preservando nuestros derechos.
Tanto si eres arrendatario como propietario tienes que garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cada uno de los participantes, así como procurar que no se incumplen las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza del destino de la finca que va a ser alquilada.
El tiempo apropiado para contratar a un abogado experto en arrendamientos siempre recomendamos que es el momento previo a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos obligamos a lo que en él se contenga.
No obstante, es frecuente en nuestro trabajo que los clientes acudan cuando ya tienen un problema contractual sobre el arrendamiento establecido, por lo que también estamos habituados a preservar sus derechos cuando los incumplimientos de la otra parte ya han ocurrido, por lo que el rol del abogado se traducirá en tratar de evitar un procedimiento judicial y procurar solucionar el problema de forma amistosa, siempre que consideremos que es la solución más apropiada para la problemática del cliente, además de ser la más económica normalmente.
Esperamos que este post os haya acercado un poco más a la fórmula de los arrendamientos, que pueda haber ayudado a resolver las cuestiones que surjan al menos de forma inicial, y como siempre decimos, podéis consultarnos si tenéis duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Incumplimiento de la paralización judicial de una obra
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.

CASO DE ÉXITO: Absolución acusado violencia de género
Nuestro Cliente, acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que su ex pareja le había denunciado, manifestando, que este le había amenazado debido a que había discutido con su hija de 11 años y esta se había ido sola hacia casa de la madre y que en caso de que no llegara se lo dijera para avisar él a la policía y a los servicios sociales, preocupándose así ella por la menor.

CASO DE ÉXITO: Legitimación activa propietario impugnación acuerdo frente Mancomunidad
Nuestra Clienta, propietaria de una vivienda en planta baja, acudió al Despacho para valorar la viabilidad de proceder con la impugnación de un acuerdo, relativo al reparto de gastos comunitarios, que había sido adoptado por su Mancomunidad de Propietarios, en la que se encuentra integrada su Comunidad de Propietarios.

CASO DE ÉXITO: Desestimación medida cautelar
Nuestro Cliente era la Comunidad de Propietarios demandado, y acudió al Despacho para contestar a la demanda interpuesta por una propietaria de una vivienda en planta baja cual solicitaba que se declarase nulo el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios, que obligaba a la demandada a contribuir al pago de la instalación del ascensor, así como de su mantenimiento y funcionamiento, al igual que el resto de comuneros, y además, solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecutividad del acuerdo en Junta por el que se obligaba a los propietarios a comenzar la derrama oportuna para la instalación del ascensor

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios