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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación recoge como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o deteriorarse.
Por tanto, aunque es cierto que la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, comprendamos toda la tipología de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales procede del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio uso sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para afrontar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las situaciones legales concebidas en torno al uso o propiedad de un bien resulta esencial, y de este modo lo tratamos en nuestro Bufete, elaborando detallada y cuidadosamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede perfectamente contemplado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar la cuestión. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, tenemos que redactar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para describir la finca, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre libre de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Una vez que disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a reflejar por escrito las condiciones de la compra: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, personas que tienen que participar, forma de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una casa, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación vigente no nos obliga a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece numerosas opciones en cuanto a los tipos de contrato y las actividades que se pueden realizar que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento adecuado para recurrir a un abogado es siempre el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a simples actos rutinarios como buscar un inmueble que se adapte a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera función que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si pueden existir situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para valorar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos asesoraros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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