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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación describe como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de forma fija, que no pueda dividirse sin romperse o deteriorarse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la tipología de contratos que podemos constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales procede de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes jurídicas concebidas en torno al uso o propiedad de una propiedad es de vital importancia, y de esta manera lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando detallada y concienzudamente cada clase de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de realizar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede perfectamente determinado cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué forma lo podemos reflejar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué precisa el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos comprar una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para identificar la finca, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que esté libre de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que disponemos de toda la documentación requerida, procederemos a reflejar por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, plazo para entregar las Escrituras, partes que tienen que intervenir, forma de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación actual no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos proporciona un amplio abanico de posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden realizar que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento adecuado para contactar con profesional es siempre el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos rutinarios como buscar una casa que se ajuste a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento apropiado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, limitaciones en el uso del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal función que llevamos a cabo los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos asesoraros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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