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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de forma fija, que no pueda dividirse sin quebrantarse o deteriorarse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que podemos confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Hay que destacar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales viene de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su mero uso sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las situaciones jurídicas creadas en torno al disfrute o propiedad de un bien resulta de vital importancia, y de este modo lo gestionamos en nuestro Despacho, confeccionando minuciosa y cuidadosamente cada tipo de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, tenemos que preparar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para describir la propiedad, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre libre de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la posibilidad de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Una vez que disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a dejar por escrito las condiciones de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para otorgar las Escrituras, personas que deben intervenir, forma de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará cargo si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una casa, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona múltiples posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para recurrir a profesional normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos rutinarios como buscar un inmueble que se ajuste a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, limitaciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera labor que hacemos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos asesoraros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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