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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En España, Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales deriva del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrario, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las situaciones jurídicas concebidas en torno al disfrute o propiedad de un bien es de vital importancia, y de este modo lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada estilo de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede perfectamente reflejado cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y cómo lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué necesita el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, tenemos que elaborar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para describir la finca, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que esté exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Cuando disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a dejar por escrito las condiciones de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, partes que tienen que intervenir, modo de dirimir todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen desperfectos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la Ley no nos obliga a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece múltiples opciones en cuanto a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden realizar que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la función que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento adecuado para recurrir a un abogado es siempre el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para valorar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos guiaros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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