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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o estropearse.
Por eso, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la tipología de contratos que podemos confeccionar y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales proviene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las vicisitudes legales concebidas en torno al uso o propiedad de una propiedad resulta esencial, y de este modo lo tratamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada modalidad de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede adecuadamente reflejado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y cómo lo podemos reflejar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué necesita el cliente, nos dedicamos a enfocar el caso. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la propiedad, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que esté exenta de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre ella existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a plasmar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, plazo para hacer entrega de las Escrituras, partes que tienen que intervenir, forma de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, se producirá la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la Ley no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos proporciona múltiples opciones en lo que respecta a los tipos de contrato y las actividades que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento idóneo para contactar con profesional es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento adecuado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, limitaciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que ejercemos los especialistas en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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