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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación recoge como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin romperse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que podemos constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio disfrute sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrario, un pacto por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes legales concebidas en torno al disfrute o propiedad de un bien resulta de vital importancia, y de esta manera lo tratamos en nuestro Bufete, confeccionando minuciosa y cuidadosamente cada tipo de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede perfectamente establecido cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, gozar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el caso. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para describir la propiedad, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre ella existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la posibilidad de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Cuando disponemos de toda la documentación requerida, procederemos a reflejar por escrito las condiciones de la compra: precio, modo y forma de pagar, plazo para entregar las Escrituras, partes que tienen que participar, forma de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará cargo si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, tendrá lugar la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se realice según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación actual no nos obliga a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos proporciona un amplio abanico de posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden realizar en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento idóneo para recurrir a un abogado es siempre el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos rutinarios como buscar una casa que se ajuste a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento adecuado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la primera labor que ejercemos los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si puede haber situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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