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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación describe como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Por eso, si bien la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la tipología de contratos que podemos confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales deriva de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para afrontar deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las situaciones jurídicas concebidas en torno al disfrute o propiedad de un bien es imprescindible, y de este modo lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y cuidadosamente cada tipo de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede adecuadamente contemplado cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué forma lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué precisa el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la propiedad, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la posibilidad de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Cuando disponemos de toda la documentación necesaria, pasaremos a reflejar por escrito las condiciones de la adquisición: valor económico, modo y forma de pagar, plazo para entregar las Escrituras, partes que deben participar, modo de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se producirá la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga en base a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la legislación actual no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos proporciona múltiples posibilidades en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la función que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento óptimo para recurrir a profesional es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos rutinarios como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento apropiado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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