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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o deteriorarse.
Por eso, aunque es cierto que la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos toda la clase de contratos que podemos constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para sufragar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las situaciones legales creadas alrededor del disfrute o propiedad de un bien es fundamental, y de esta manera lo tratamos en nuestro Bufete, confeccionando minuciosa y cuidadosamente cada modalidad de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente contemplado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, gozar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y cómo lo podemos recoger en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué necesita el cliente, nos encargamos de enfocar la cuestión. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre la misma existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Una vez que disponemos de toda la documentación necesaria, pasaremos a reflejar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para entregar las Escrituras, personas que deben intervenir, forma de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en base a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, la legislación actual nos proporciona un amplio abanico de opciones en lo que respecta a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento óptimo para contactar con profesional normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la primera función que llevamos a cabo los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si puede haber situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para estudiar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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