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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación describe como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no se pueda separar sin romperse o estropearse.
Por tanto, aunque es cierto que la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la tipología de contratos que podemos confeccionar y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales deriva del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio disfrute sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las situaciones jurídicas creadas en torno al uso o propiedad de un bien es esencial, y de esta manera lo tratamos en nuestro Despacho, confeccionando detallada y concienzudamente cada tipo de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede perfectamente determinado cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y cómo lo podemos reflejar en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación necesaria: información registral para identificar la propiedad, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Cuando disponemos de toda la documentación necesaria, procederemos a plasmar por escrito los requisitos de la adquisición: valor económico, modo y forma de pagar, plazo para hacer entrega de las Escrituras, personas que deben intervenir, forma de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, tendrá lugar la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice según los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la legislación vigente no nos obliga a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos ofrece múltiples opciones en cuanto a los tipos de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo en relación con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para recurrir a un abogado es siempre el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, limitaciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera función que ejercemos los expertos en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya podemos detectar si puede haber situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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