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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En España, Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación recoge como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de manera fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o estropearse.
Así, aunque es cierto que la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la tipología de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales deriva del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para satisfacer deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las situaciones legales concebidas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad resulta fundamental, y de este modo lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y concienzudamente cada clase de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y cómo lo podemos reflejar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué quiere el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, tenemos que redactar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la finca, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que esté libre de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que disponemos de toda la documentación requerida, procederemos a plasmar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, plazo para conceder las Escrituras, partes que deben participar, modo de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, tendrá lugar la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos ofrece múltiples posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento óptimo para contactar con un abogado es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos rutinarios como buscar una casa que se ajuste a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento apropiado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera función que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si puede haber situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos guiaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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