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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no se pueda separar sin quebrantarse o estropearse.
Por eso, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que es posible confeccionar y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales viene del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su propio disfrute sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para sufragar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, cambiando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las situaciones jurídicas concebidas en torno al disfrute o propiedad de un bien resulta imprescindible, y de este modo lo tratamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada clase de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente determinado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, gozar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué forma lo podemos incluir en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para describir la finca, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre libre de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre ella existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a plasmar por escrito las condiciones de la adquisición: precio, modo y forma de pagar, plazo para conceder las Escrituras, partes que tienen que participar, modo de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, se celebrará la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la legislación actual no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, la legislación actual nos ofrece multitud de opciones en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento adecuado para recurrir a un abogado es siempre el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a simples actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento apropiado para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la primera función que ejercemos los especialistas en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para valorar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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