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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En España, Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de manera fija, que no pueda dividirse sin romperse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la clase de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para cubrir deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrario, un pacto por el que se entrega el dominio y explotación de la propiedad a cambio del abono de un canon anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, cambiando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las situaciones jurídicas concebidas alrededor del uso o propiedad de un bien resulta de vital importancia, y de este modo lo tratamos en nuestro Despacho, confeccionando detallada y cuidadosamente cada clase de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente establecido cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos reflejar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué quiere el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos comprar una propiedad para usarla como residencia habitual, es decir, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para describir la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a dejar por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y forma de pagar, tiempo para conceder las Escrituras, partes que tienen que intervenir, forma de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará cargo si surgen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos proporciona numerosas posibilidades en lo que respecta a los tipos de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para recurrir a un abogado es siempre el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a simples actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento apropiado para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal función que realizamos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya podemos identificar si puede haber situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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