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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, comprendamos todas las modalidades de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para cubrir deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y explotación de la tierra a cambio del pago de un canon anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes legales concebidas en torno al uso o propiedad de un bien resulta imprescindible, y de este modo lo tratamos en nuestro Bufete, elaborando detallada y concienzudamente cada tipo de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente establecido cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, gozar, etc.
Así, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué quiere el cliente, nos encargamos de enfocar la cuestión. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar una propiedad para usarla como residencia habitual, es decir, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la finca, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que esté libre de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la posibilidad de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Una vez que disponemos de toda la documentación necesaria, procederemos a plasmar por escrito las condiciones de la adquisición: valor económico, modo y forma de pagar, plazo para entregar las Escrituras, personas que tienen que intervenir, modo de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se realice conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación actual no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos ofrece numerosas posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento apropiado para recurrir a profesional es siempre el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a simples actos cotidianos como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, limitaciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la primera función que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya podemos detectar si pueden existir situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para decidir si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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