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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa recoge como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, comprendamos todas las modalidades de contratos que podemos confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales procede de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y explotación de la propiedad a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las situaciones jurídicas concebidas alrededor del disfrute o propiedad de una propiedad es de vital importancia, y de esta forma lo tratamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y concienzudamente cada clase de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos plasmar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, tenemos que redactar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, procederemos a recoger por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, partes que deben intervenir, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se celebrará la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la normativa no nos fuerza a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece multitud de posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para contactar con un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos cotidianos como buscar una casa que se ajuste a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento apropiado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, limitaciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que realizamos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos detectar si pueden existir situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para valorar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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