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Contrato de compraventa vivienda - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, en base a su artículo 1.446, que el precio de la venta sea la entrega de algo diferente al dinero, pero sí que fija que sea cierto, esto es, que quede perfectamente demarcado y reflejado en el documento, exigiendo para ello que el coste sea pactado, no pudiéndose consignar unilateralmente por ninguna de las partes actuantes.
De esta manera, un elemento fundamental del contrato de compraventa es el perfeccionamiento de la venta entre comprador y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en la finalidad del contrato y en el valor, a pesar de que no hayan sido entregados.
Así las cosas, hay múltiples contratos que tienen relación con la concesión de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el propio contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Contrato de compraventa vivienda - Características de nuestro servicio
En cuanto a las labores que desempeña un abogado especialista en contratos de compraventa suscritos sobre viviendas, vamos a tratar de de resumirlas, ya que son extensas y, en la mayoría de las ocasiones, complejas:
- Primeramente, se debe obtener información registral de la vivienda, es decir, pedir al Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble que nos indique en qué situación se encuentra el inmueble: libre de cargas, si tiene hipoteca, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Resulta casi tarea obligada antes de empezar a formalizar un contrato de compraventa formalizar un “precontrato” en el que se detallen condiciones pactadas entre vendedor y comprador, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las disparidades entre ellos.
- Tiene que asegurarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y comunicar al cliente qué tipo de gastos le va a suponer, excluyéndose de estos, obviamente, el propio valor de la propiedad. Una de las labores realizadas por los abogados consiste también en redactar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos encargamos de negociar como representantes de nuestros clientes, y conseguir, en muchas ocasiones, que se respeten los fines fijados en lo que respecta a obtener el precio buscado a cambio de la vivienda cuando queremos vender u obtener una rebaja en el mismo cuando queramos comprar.
- Además, entre otras cosas, también nos encargamos de comprobar si las partes están en condiciones para realizar la enajenación o transmisión de la propiedad, ya que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente otorga capacidad para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros visitantes no lo lo conoce, no impone la Ley a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque evidentemente, es totalmente recomendable. Es decir, Pedro puede vender a Jesús su vivienda a través de un contrato formalizado entre ellos, sin que haga falta pasar por el Notario y obviamente, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que su inscripción nos puede proporcionar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para prevenir quebraderos de cabeza en un futuro.
Contrato de compraventa vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, sabemos que los problemas legales que pueden afectar al patrimonio de las personas sobrevienen por el más mínimo contratiempo inesperado, y es por ello por lo que en materias tan complejas y relevantes financieramente como en situación de compraventa de propiedades, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro patrimonio, recomendamos recurrir a un especialista una vez hemos decidido y tomado la decisión de comprar una vivienda.
Es verdad que podemos posponer el momento de acudir a un abogado cuando tenemos escogida la casa: en ese momento, tendríamos que empezar a gestionar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior apartado y que el abogado nos asesore y guíe sobre las pautas a seguir: obtención de datos registrales, negociación para el intercambio de opiniones acerca del coste, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que tengamos la intención de hacer un arrendamiento, por ejemplo) o contrato de arras.
No obstante, y a pesar de nuestro consejo, suele ser frecuente en nuestro trabajo que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen problemas a nivel legal, por lo que estamos totalmente habituados a trabajar en situaciones en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que curar.
Confiamos que este post os ayude a entender en qué se basan los contratos de arrendamiento sobre inmueble y cuáles son las labores que realiza un abogado, pero si tenéis cualquier tipo de duda, como siempre indicamos, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.