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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de manera fija, que no pueda dividirse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, comprendamos todos los tipos de contratos que podemos constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales deriva de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio disfrute sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las situaciones jurídicas concebidas en torno al disfrute o propiedad de un bien es de vital importancia, y de este modo lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando detallada y concienzudamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede perfectamente contemplado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por tanto, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué precisa el cliente, nos encargamos de enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, esto es, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la propiedad, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que esté exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Cuando contamos con toda la documentación necesaria, pasaremos a plasmar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y forma de pagar, tiempo para conceder las Escrituras, personas que deben participar, forma de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se celebrará la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la Ley no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona numerosas posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la finalidad que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento idóneo para recurrir a un abogado normalmente es el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos rutinarios como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento apropiado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la primera labor que ejercemos los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si puede haber situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para decidir si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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