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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o estropearse.
Así, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la tipología de contratos que es posible confeccionar y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales viene del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para satisfacer deudas (hipoteca), así como realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas alrededor del disfrute o propiedad de un bien es de vital importancia, y de esta manera lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y concienzudamente cada tipo de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a realizar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, gozar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué necesita el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: datos registrales para describir la propiedad, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre ella existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, procederemos a dejar por escrito las condiciones de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, plazo para hacer entrega de las Escrituras, partes que tienen que intervenir, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos ofrece un amplio abanico de posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la función que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento óptimo para recurrir a un abogado es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos cotidianos como buscar una casa que se adapte a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento adecuado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, limitaciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la primera labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya podemos detectar si pueden existir situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos asesoraros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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