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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de manera fija, que no pueda separarse sin romperse o deteriorarse.
Con lo cual, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, comprendamos toda la tipología de contratos que podemos confeccionar y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para cubrir deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, modificando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las situaciones jurídicas concebidas alrededor del disfrute o propiedad de un bien resulta imprescindible, y de este modo lo gestionamos en nuestro Bufete, confeccionando detallada y cuidadosamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede perfectamente reflejado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué quiere el cliente, nos encargamos de enfocar la cuestión. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, tenemos que preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la finca, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre la misma existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, pasaremos a dejar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y forma de pagar, tiempo para entregar las Escrituras, personas que deben participar, modo de solucionar todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si aparecen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la normativa no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos proporciona un amplio abanico de opciones en lo que respecta a los tipos de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento adecuado para contactar con profesional normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento apropiado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, restricciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos detectar si pueden existir situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para decidir si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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