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Contrato de arrendamiento de uso distinto al de vivienda - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos por los que uno de los participantes de la relación jurídica, el propietario, queda obligado a traspasar la utilización de la vivienda a la otra parte, el arrendatario, que obtendrá el derecho de utilizar la vivienda a cambio de una renta. En el presente artículo nos enfocaremos en hablar sobre los arrendamiento de fincas, y en especial, de las fincas urbanas.
Para reglamentar esta común actividad jurídica se redactó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los arrendamientos de inmuebles que se dediquen a vivienda o a usos distintos de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los alquileres que se recogen en esta Ley quedarán sujetos a lo dispuesto en ella, aunque se tendrán en cuenta los pactos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de forma general, deben reflejar, entre otras cosas, las obligaciones: el arrendador estará obligado a traspasar la cosa objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al inquilino, a realizar en el bien de alquiler todas las reparaciones oportunas para que sirva para la utilización a que ha sido dedicada y a mantener al arrendatario en el disfrute pacífico del alquiler por todo el tiempo del contrato.
Como contraprestación, el inquilino quedará obligado, habitual, a abonar el precio del arrendamiento en los términos convenidos y a usar la vivienda arrendada de buena forma, destinándola al uso pactado.
Además, los contratos de alquiler tendrán que incluir: el inmueble sobre el que recae el alquiler, el plazo de duración, la renta establecida, las formas de prolongar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las posibilidades de cesión y subarriendo, las maneras de anular, rescindir y extinguir el contrato; también pueden recoger si se produjera algún conflicto, los Juzgados a los que quedarán sujetas las partes para resolver las disputas que puedan derivarse del cumplimiento o incumplimiento del contrato de alquiler, así como también podrán decantarse por someterse a la intermediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, dado que como Despacho experto en Derecho Inmobiliario nos ocupamos de estos asuntos de manera frecuente.
A continuación, os explicaremos en qué consisten nuestras labores y nuestra intervención en todo lo lo que tenga que ver con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de arrendamiento de uso distinto al de vivienda - Características de nuestro servicio
Principalmente, el abogado experto en contratos de alquiler tiene que haber tenido una formación concreta en todo lo relacionado con los alquileres urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuya dedicación primordial tiene que ser satisfacer la necesidad estable de vivienda del inquilino, o sean arrendamientos pensados para uso distinto del residencial, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como destino primordial uno distinto del previsto para vivienda.
En cuanto a las labores que desempeñamos, suelen ser similares a las que ya os hemos comentado en otros de nuestros posts, pero con las particularidades propias de los alquileres:
- Recopilación y análisis de la documentación relativa al bien que se quiere arrendar, por ejemplo, conseguir la información que recoge en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, asegurarnos de la posesión del arrendador sobre el inmueble, conocer las cargas que sobre él pesan, etc.
- Redactar los contratos de arrendamientos, así como asesorar a los clientes en el proceso para reducir los peligros de conflictos en el futuro.
- Proteger los intereses de la persona contratante de nuestros servicios. En caso de ser propietario, debemos llevar la representación jurídica del cliente en caso de tener que solicitar el desahucio de la vivienda por de la falta de pago de rentas o por el quebrantamiento de las responsabilidades incluidas en el contrato, entre otras. De este modo, en caso de que el cliente sea arrandatario, le representaremos si quiere enervar las cuantías exigidas jurídicamente, de solicitar al arrendador para que cumpla con sus obligaciones de conservación y mantenimiento del bien, etc.

Contrato de arrendamiento de uso distinto al de vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué contratar a un abogado especialista en contratos de arrendamiento parece evidente: para poner en valor en todo lo posible nuestros derechos y poder disfrutar de la tranquilidad que otorga tener a un especialista que esté protegiendo nuestros intereses.
Tanto si eres inquilino como arrendador debes asegurar el cumplimiento de las obligaciones que conciernen a cada uno de los participantes, así como procurar que no se incumplen las condiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, dependiendo de la naturaleza de la dedicación de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo adecuado para contratar a un abogado experto en arrendamientos siempre aconsejamos que es el momento previo a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos obligamos a lo que en el mismo se incluya.
Sin embargo, es común en nuestro trabajo que los clientes acudan cuando ya tienen un enfrentamiento contractual sobre el arrendamiento establecido, por lo que también estamos acostumbrados a preservar sus derechos cuando los incumplimientos de la otra parte ya han ocurrido, por lo que la labor del abogado se traducirá en intentar evitar un pleito judicial y procurar resolver la cuestión de manera extrajudicial, siempre que consideremos que es la solución más adecuada para la problemática del cliente, además de ser la más económica habitualmente.
Esperamos que este post os haya aproximado un poco más a la figura de los alquileres, que pueda haber ayudado a resolver las cuestiones que se os planteen al menos de manera inicial, y como siempre decimos, podéis consultarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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