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Contrato alquiler de pisos entre particulares - VMS Abogados
Los contratos de arrendamiento son aquellos en los que una de las partes de la relación jurídica, el arrendador, queda obligado a transferir el uso de la vivienda al otro participante, el arrendatario, que adquirirá el derecho de usar la vivienda a cambio de una prestación. En el presente artículo nos enfocaremos en describir los arrendamiento de fincas, y en especial, de las fincas urbanas.
Para reglamentar esta común actividad jurídica se creó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los arrendamientos de inmuebles que se dediquen a vivienda o a usos distintos de vivienda, como un local comercial. Los alquileres que se reflejan en esta normativa se someterán a lo contemplado en ella, aunque se tomarán en consideración los pactos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de alquiler, de manera general, tienen que reflejar, entre otras cosas, las obligaciones: el arrendador estará obligado a traspasar la cosa objeto del contrato (en este caso, el inmueble) al inquilino, a hacer en el bien de arrendamiento todas las reparaciones necesarias para que sirva para la utilización a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el disfrute pacífico del arrendamiento por toda la duración del contrato.
A cambio, el inquilino estará obligado, normal, a abonar el coste del alquiler en los términos acordados y a usar la vivienda arrendada de buena forma, destinándola al uso acordado.
Además, los contratos de arrendamiento tendrán que contemplar: el inmueble sobre el que recae el arrendamiento, el tiempo de duración, la renta estipulada, las formas de prolongar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las posibilidades de entrega y subarriendo, las maneras de suspender, rescindir y finalizar el contrato; también pueden recoger si se produjera algún problema, los Tribunales a los que quedarán sujetas los participantes para resolver las disputas que puedan surgir del cumplimiento o incumplimiento del contrato de alquiler, así como también podrán decantarse por supeditarse a la mediación o arbitraje.
En cuanto a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy amplia, dado que como Despacho experto en Derecho Inmobiliario nos encargamos de estos temas de forma habitual.
A continuación, sobre en qué consisten nuestras labores y nuestra actuación en todo lo lo que tenga que ver con los arrendamientos urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato alquiler de pisos entre particulares - Características de nuestro servicio
En primer lugar, el abogado experto en contratos de arrendamiento tiene que haber tenido una formación específica en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso residencial, cuyo destino principal tiene que ser satisfacer la necesidad estable de vivienda del arrendatario, o sean alquileres previstos para uso diferente del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como destino primordial uno diferente del previsto para vivienda.
Con respecto a las labores que llevamos a cabo, suelen ser similares a las que ya os hemos comentado en otros de nuestros artículos, pero con las particularidades propias de los arrendamientos:
- Recolección y análisis de la documentación relativa al inmueble que se quiere arrendar, por ejemplo, conseguir la información que recoge en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, asegurarnos de la posesión del arrendador sobre el inmueble, conocer las deudas que sobre él pesan, etc.
- Redactar los contratos de alquiler, así como guiar a los clientes en el proceso para minimizar los riesgos de conflictos en el futuro.
- Proteger los intereses de la persona contratante de nuestros servicios. En caso de ser arrendador, tenemos que llevar la representación judicial del cliente en caso de tener que solicitar el desahucio de la vivienda por impago de rentas o por incumplimiento de las obligaciones reflejadas en el contrato, por ejemplo. De esta manera, si el cliente es el arrandatario, le representaremos si pretende enervar las cuantías exigidas judicialmente, de solicitar al arrendador para que cumpla con sus deberes de preservación y mantenimiento de la vivienda, etc.

Contrato alquiler de pisos entre particulares - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El motivo para recurrir a un abogado especialista en contratos de alquiler resulta evidente: para poner en valor al máximo nuestros derechos y poder disfrutar de la seguridad que concede tener a un experto que esté preservando nuestros intereses.
Tanto si eres inquilino como propietario debes garantizar el cumplimiento de las responsabilidades que corresponden a cada uno de los participantes, así como asegurarte de que no se incumplen las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, dependiendo de la naturaleza de la dedicación de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo apropiado para contratar a un abogado experto en arrendamientos siempre aconsejamos que es el momento previo a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos obligamos a lo que en el mismo se contemple.
No obstante, es frecuente en nuestra profesión que los clientes acudan cuando ya tienen un conflicto contractual sobre el arrendamiento acordado, por lo que también estamos habituados a defender sus intereses cuando los incumplimientos de la otra parte ya han ocurrido, por lo que el rol del abogado se traducirá en intentar evitar un procedimiento judicial e intentar solucionar el problema de manera extrajudicial, siempre que consideremos que es la vía más adecuada para la problemática del cliente, además de ser la más económica normalmente.
Esperamos que este artículo os haya acercado un poco más a la figura de los alquileres, que pueda haber contribuido solucionar los problemas que surjan al menos de manera inicial, y como siempre decimos, podéis consultarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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