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Compraventa de viviendas entre particulares - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, en base a su artículo 1.446, que el valor de la compraventa consista en entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que fija que sea cierto, es decir, que quede totalmente delimitado y recogido en el documento, siendo necesario para ello que el valor sea acordado, no pudiéndose aplicar unilateralmente por ninguna de las partes implicadas.
De este modo, una parte clave del contrato de compraventa es la perfección de la venta entre comprador y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en el objeto del contrato y en el coste, aunque no se hayan entregado.
Así las cosas, hay multitud de contratos que tienen relación con la concesión de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Compraventa de viviendas entre particulares - Características de nuestro servicio
En cuanto a las funciones que realiza un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, trataremos de resumirlas, ya que son amplias y, en la mayoría de los casos, complejas:
- En primer lugar, se debe obtener información registral de la propiedad, esto es, solicitar al Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble que nos indique en qué circunstancias se encuentra la propiedad: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Resulta casi práctica indispensable antes de empezar a concretar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se detallen condiciones pactadas entre vendedor y comprador, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las disparidades entre ellos.
- Debe cerciorarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y comunicar al cliente qué tipo de gastos le va a ocasionar, excluyéndose de estos, como es obvio, el propio importe de la vivienda. Una de las funciones desempeñadas por los abogados reside también en confeccionar, naturalmente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos ocupamos de llegar a acuerdos en nombre de nuestros clientes, y conseguir, en muchas ocasiones, que se cumplan los objetivos marcados en cuanto a obtener el valor deseado a cambio del inmueble cuando queremos vender o conseguir una rebaja en el mismo cuando queramos comprar.
- Asímismo, entre otras cosas, también nos ocupamos de comprobar si las partes están capacitadas para realizar la enajenación o transferencia de la propiedad, puesto que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente otorga competencia para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros lectores no lo lo conoce, no obliga la Ley a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque lógicamente, resulta totalmente aconsejable. Es decir, Luis puede vender a Jesús su casa mediante un contrato formalizado entre ellos, sin necesidad de acudir al Notario y obviamente, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que esto nos puede proporcionar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para evitar inconvenientes en un futuro.
Compraventa de viviendas entre particulares - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, sabemos que los problemas legales que pueden afectar al patrimonio de las personas sobrevienen por el más pequeño contratiempo no previsto, y es por ello por lo que en cuestiones tan complejas y relevantes financieramente como en circunstancias de compraventa de viviendas, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro capital, recomendamos recurrir a un especialista una vez hemos decidido y adoptado la decisión de comprar una vivienda.
Es verdad que tenemos la posibilidad de postergar el momento de recurrir a un abogado cuando tenemos elegida la casa: en ese momento, tendríamos que comenzar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior apartado y que el abogado nos aconseje y oriente sobre los pasos a seguir: obtención de información registral, acuerdo para el intercambio de pareceres acerca del precio, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que tengamos la intención de hacer un alquiler, por ejemplo) o contrato de señal.
Sin embargo, y a pesar de nuestro consejo, suele ser habitual en nuestra profesión que nuestros clientes acudan a nosotros en el momento en que ya tienen dificultades a nivel jurídico, por lo que estamos completamente habituados a trabajar en circunstancias en las que hay que darse prisa y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que curar.
Confiamos que el presente post os ayude a entender en qué se basan los contratos de alquiler sobre inmueble y cuáles son las labores que realiza un abogado, pero si tenéis cualquier tipo de duda, como siempre decimos, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.