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Compraventa de viviendas - VMS Abogados
Sin embargo, nuestro Código Civil también permite, según su art. 1.446, que el valor de la venta sea la entrega de algo diferente al dinero, pero sí que fija que sea cierto, esto es, que quede perfectamente delimitado y reflejado en el contrato, siendo necesario para ello que el precio sea pactado, no pudiéndose imponer de forma unilateral por ninguna de las partes actuantes.
De esta forma, una parte clave del contrato de compraventa sería el perfeccionamiento de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en la finalidad del contrato y en el valor, aunque no se hayan entregado.
Así las cosas, hay multitud de contratos que guardan relación con el otorgamiento de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Compraventa de viviendas - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las actividades que realiza un abogado especialista en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, trataremos de sintetizarlas, dado que son extensas y, en la mayoría de las ocasiones, complejas:
- En primer lugar, se debe conseguir información registral de la propiedad, es decir, pedir al Registro de la Propiedad donde se ubique la misma que nos informe en qué circunstancias se encuentra el inmueble: libre de cargas, si tiene hipoteca, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Es casi práctica imprescindible antes de empezar a formalizar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se contemplen condiciones pactadas entre vendedor y comprador, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las diferencias entre ellos.
- Tiene que cerciorarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y comunicar al cliente qué clase de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, evidentemente, el propio importe de la propiedad. Una de las funciones desempeñadas por los abogados consiste también en confeccionar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados especialistas también nos encargamos de negociar en nombre de nuestros clientes, y conseguir, en multitud de ocasiones, que se cumplan los fines marcados en cuanto a conseguir el valor buscado a cambio de la vivienda cuando queremos vender u obtener una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Asímismo, entre otras cosas, también nos encargamos de verificar si las partes están capacitadas para llevar a cabo la venta o transmisión de la vivienda, puesto que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente concede capacidad para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros lectores no lo lo sabe, no obliga la Ley a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque lógicamente, resulta muy aconsejable. Es decir, Antonio puede vender a Javier su vivienda mediante un contrato firmado entre ellos, sin necesidad de pasar por el Notario y por supuesto, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, aunque esto nos puede proporcionar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para prevenir inconvenientes en un futuro.
Compraventa de viviendas - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, sabemos que los problemas jurídicos que pueden afectar al patrimonio de las personas sobrevienen por el más pequeño contratiempo inesperado, y es por ello por lo que en cuestiones tan complejas y relevantes económicamente como en circunstancias de compraventa de propiedades, y por la importancia que pueden tener en nuestro patrimonio, recomendamos recurrir a un especialista una vez hemos decidido y tomado la decisión de comprar una casa.
Es verdad que tenemos la posibilidad de posponer el momento de acudir a un abogado cuando tenemos escogida la vivienda: en ese momento, tendríamos que empezar a gestionar toda la documentación que hemos comentado en nuestro anterior apartado y que el abogado nos aconseje y guíe sobre las pautas a completar: obtención de información registral, negociación para el intercambio de opiniones sobre el coste, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que vayamos a hacer un alquiler, por ejemplo) o contrato de arras.
Sin embargo, y a pesar de nuestra ayuda, suele ser habitual en nuestra profesión que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen problemas a nivel legal, por lo que estamos totalmente habituados a trabajar en situaciones en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que curar.
Esperamos que el presente artículo os ayude a entender en qué consisten los contratos de arrendamiento sobre vivienda y cuáles son las actividades que desempeña un abogado, pero si os surge cualquier clase de duda, como siempre indicamos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.