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Compraventa de inmuebles entre particulares - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, en base a su art. 1.446, que el precio de la venta sea la entrega de algo diferente al dinero, pero sí que marca que sea veraz, es decir, que quede totalmente delimitado y recogido en el contrato, siendo necesario para ello que el coste sea pactado, no pudiéndose consignar de forma unilateral por ninguna de las partes implicadas.
De esta forma, una parte clave del contrato de compraventa es la perfección de la venta entre comprador y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en la finalidad del contrato y en el valor, aunque no se hayan entregado.
Así las cosas, hay múltiples contratos que guardan relación con el otorgamiento de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Compraventa de inmuebles entre particulares - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las actividades que desempeña un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, vamos a tratar de de resumirlas, ya que son extensas y, en la mayoría de las ocasiones, complicadas:
- En primer lugar, se tiene que obtener información registral de la vivienda, es decir, pedir al Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble que nos indique en qué situación se encuentra la propiedad: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Resulta casi práctica obligatoria antes de proceder a formalizar un contrato de compraventa formalizar un “precontrato” en el que se contemplen cláusulas pactadas entre vendedor y adquiriente, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las disparidades entre ellos.
- Tiene que cerciorarse el abogado especialista en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y explicar al cliente qué tipo de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, como es obvio, el propio importe de la vivienda. Una de las labores desarrolladas por los abogados se fundamenta también en redactar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos encargamos de llegar a acuerdos como representantes de nuestros clientes, y lograr, en multitud de ocasiones, que se cumplan los fines establecidos en cuanto a conseguir el valor buscado a cambio de la vivienda cuando queremos vender u obtener una reducción en el mismo cuando queramos comprar.
- Asímismo, entre otras cuestiones, también nos encargamos de verificar si las partes están capacitadas para llevar a cabo la enajenación o transmisión de la vivienda, puesto que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente concede capacidad para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros lectores no lo lo conoce, no obliga la Ley a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque por supuesto, es muy aconsejable. Esto es, Pepe puede vender a Javier su casa mediante un contrato firmado entre ellos, sin necesidad de acudir al Notario y obviamente, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, aunque esto nos puede otorgar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para prevenir quebraderos de cabeza en un futuro.
Compraventa de inmuebles entre particulares - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra profesión, sabemos que los problemas legales que pueden afectar al patrimonio de las personas surgen por el más pequeño contratiempo no previsto, y es por eso por lo que en cuestiones tan complejas e importantes financieramente como en situación de compraventa de viviendas, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro patrimonio, recomendamos recurrir a un especialista una vez hemos decidido y adoptado la decisión de adquirir una casa.
Es verdad que podemos posponer el momento de acudir a un abogado cuando tengamos escogida la vivienda: en ese momento, deberíamos empezar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos asesore y guíe sobre los pasos a seguir: obtención de información registral, acuerdo para el intercambio de opiniones sobre el precio, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que tengamos la intención de hacer un alquiler, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y pese a nuestra ayuda, suele ser habitual en nuestra profesión que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel jurídico, por lo que estamos completamente habituados a trabajar en circunstancias en las que hay que darse prisa y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que lamentar.
Confiamos que este post os ayude a comprender en qué se basan los contratos de alquiler sobre vivienda y cuáles son las funciones que realiza un abogado, pero si tenéis cualquier tipo de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.