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Compraventa de inmueble embargado - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, en base a su artículo 1.446, que el importe de la venta consista en entrega de algo diferente al dinero, pero sí que fija que sea cierto, esto es, que quede perfectamente delimitado y contemplado en el contrato, exigiendo para ello que el precio sea pactado, no pudiéndose imponer unilateralmente por ninguna de las partes implicadas.
Así pues, una parte clave del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre comprador y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en la finalidad del contrato y en el valor, a pesar de que no se hayan entregado.
Actualmente, hay multitud de contratos que tienen relación con la concesión de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el propio contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Compraventa de inmueble embargado - Características de nuestro servicio
En cuanto a las labores que realiza un abogado especialista en contratos de compraventa suscritos sobre viviendas, trataremos de sintetizarlas, dado que son amplias y, en la mayor parte de los casos, complejas:
- En primer lugar, se debe conseguir información registral de la vivienda, es decir, pedir al Registro de la Propiedad donde se sitúe el inmueble que nos indique en qué situación se encuentra el inmueble: exenta de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Es casi tarea obligatoria antes de proceder a formalizar un contrato de compraventa formalizar un “precontrato” en el que se reflejen cláusulas pactadas entre vendedor y adquiriente, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las disparidades entre ellos.
- Tiene que cerciorarse el abogado especialista en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y transmitir al cliente qué tipo de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, como es obvio, el propio valor de la vivienda. Una de las labores llevadas a cabo por los abogados consiste también en redactar, naturalmente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos encargamos de llegar a acuerdos en nombre de nuestros clientes, y conseguir, en multitud de ocasiones, que se respeten los fines determinados en lo que respecta a conseguir el valor buscado a cambio de la vivienda cuando queramos vender o conseguir una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cuestiones, también nos ocupamos de verificar si las partes se encuentran en condiciones para realizar la enajenación o transferencia de la propiedad, ya que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente concede competencia para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros lectores no lo lo sabe, no obliga la Ley a oficializar los contratos de compraventa en un notario, aunque lógicamente, es totalmente recomendable. Esto es, Pedro puede vender a Manuel su vivienda mediante un contrato firmado entre ellos, sin que haga falta acudir al Notario y por supuesto, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, aunque esto nos puede proporcionar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para prevenir inconvenientes en un futuro.
Compraventa de inmueble embargado - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, somos conscientes de que los problemas jurídicos que pueden afectar al patrimonio de las personas surgen por el más mínimo contratiempo no previsto, y es por ello por lo que en materias tan complejas e importantes económicamente como en situación de compraventa de propiedades, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro patrimonio, recomendamos recurrir a un especialista una vez hemos decidido y adoptado la decisión de adquirir una casa.
Es verdad que tenemos la posibilidad de postergar el momento de acudir a un abogado cuando tenemos elegida la vivienda: en ese momento, deberíamos empezar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos asesore y oriente sobre los pasos a seguir: obtención de datos registrales, negociación para el intercambio de pareceres acerca del coste, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que tengamos la intención de suscribir un arrendamiento, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y a pesar de nuestros asesoramiento, suele ser habitual en nuestro trabajo que nuestros clientes recurran a nosotros en el momento en que ya tienen dificultades a nivel jurídico, por lo que estamos completamente acostumbrados a trabajar en situaciones en las que hay que darse prisa y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que lamentar.
Esperamos que este post os ayude a entender en qué consisten los contratos de arrendamiento sobre vivienda y cuáles son las labores que desempeña un abogado, pero si tenéis cualquier clase de duda, como siempre decimos, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.