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Compraventa de inmueble con muebles - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también permite, en base a su artículo 1.446, que el valor de la compraventa consista en entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que marca que sea veraz, es decir, que quede perfectamente delimitado y recogido en el documento, exigiendo para ello que el valor sea acordado, no pudiéndose aplicar de forma unilateral por ninguna de las partes implicadas.
Así pues, una parte fundamental del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en el objeto del contrato y en el coste, aunque no se hayan entregado.
Actualmente, hay multitud de contratos que guardan relación con el otorgamiento de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Compraventa de inmueble con muebles - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las actividades que realiza un abogado experto en contratos de compraventa suscritos sobre viviendas, trataremos de resumirlas, ya que son extensas y, en la mayoría de las ocasiones, complejas:
- Primeramente, se debe conseguir información registral de la propiedad, esto es, pedir al Registro de la Propiedad donde se sitúe el inmueble que nos informe en qué circunstancias se encuentra el inmueble: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Resulta casi tarea imprescindible antes de empezar a concretar un contrato de compraventa formalizar un “precontrato” en el que se reflejen cláusulas pactadas entre vendedor y adquiriente, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las disparidades entre ellos.
- Debe asegurarse el abogado especialista en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y comunicar al cliente qué clase de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, obviamente, el propio precio de la vivienda. Una de las funciones realizadas por los abogados reside también en redactar, naturalmente, el contrato de compraventa.
- Los abogados especialistas también nos encargamos de negociar como representantes de nuestros clientes, y lograr, en multitud de ocasiones, que se respeten los objetivos establecidos en lo que respecta a conseguir el valor deseado a cambio del inmueble cuando queramos vender u obtener una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cosas, también nos encargamos de comprobar si las partes están en condiciones para realizar la enajenación o transferencia de la propiedad, puesto que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que el Código Civil concede capacidad para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros visitantes no lo lo sabe, no obliga la Ley a oficializar los contratos de compraventa en una notaría, aunque por supuesto, es muy aconsejable. Es decir, Pedro puede vender a Manuel su vivienda a través de un contrato firmado entre ellos, sin que haga falta pasar por el Notario y obviamente, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, aunque esto nos puede brindar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para prevenir inconvenientes en un futuro.
Compraventa de inmueble con muebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, somos conscientes de que los problemas legales que pueden afectar al patrimonio de las personas surgen por el más pequeño contratiempo inesperado, y es por ello por lo que en cuestiones tan complejas y relevantes financieramente como en situación de compraventa de propiedades, y por la importancia que pueden tener en nuestro capital, aconsejamos recurrir a un experto una vez hemos decidido y tomado la decisión de adquirir una casa.
Es verdad que podemos postergar el momento de recurrir a un abogado cuando tenemos elegida la casa: en ese momento, deberíamos comenzar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior apartado y que el abogado nos aconseje y guíe sobre las pautas a seguir: recopilación de información registral, negociación para el intercambio de opiniones sobre el precio, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que vayamos a hacer un alquiler, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y pese a nuestro consejo, suele ser frecuente en nuestro trabajo que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel legal, por lo que estamos completamente acostumbrados a trabajar en situaciones en las que hay que darse prisa y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que curar.
Esperamos que este artículo os ayude a entender en qué consisten los contratos de alquiler sobre inmueble y cuáles son las funciones que realiza un abogado, pero si os surge cualquier tipo de duda, como siempre decimos, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.