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Compraventa de inmueble - VMS Abogados
Sin embargo, nuestro Código Civil también permite, según su artículo 1.446, que el valor de la venta sea la entrega de algo diferente al dinero, pero sí que fija que sea veraz, es decir, que quede totalmente demarcado y reflejado en el documento, exigiendo para ello que el valor sea acordado, no pudiéndose obligar unilateralmente por ninguna de las partes actuantes.
De esta forma, un elemento clave del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en el objeto del contrato y en el precio, aunque no hayan sido entregados.
Así las cosas, hay múltiples contratos que guardan relación con el otorgamiento de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Compraventa de inmueble - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las labores que realiza un abogado especialista en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, vamos a tratar de de sintetizarlas, dado que son extensas y, en la mayoría de los casos, complejas:
- Primeramente, se tiene que obtener información registral de la propiedad, esto es, solicitar al Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble que nos informe en qué circunstancias se encuentra el inmueble: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Es casi tarea imprescindible antes de empezar a formalizar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se recojan cláusulas acordadas entre vendedor y comprador, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las diferencias entre ellos.
- Tiene que asegurarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y transmitir al cliente qué tipo de gastos le va a suponer, excluyéndose de estos, evidentemente, el propio importe de la vivienda. Una de las labores desarrolladas por los abogados se fundamenta también en redactar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos ocupamos de llegar a acuerdos en nombre de nuestros clientes, y lograr, en muchas ocasiones, que se respeten los objetivos fijados en cuanto a obtener el precio deseado a cambio de la vivienda cuando queremos vender u obtener una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cuestiones, también nos ocupamos de verificar si las partes están capacitadas para realizar la enajenación o transmisión de la propiedad, puesto que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que el Código Civil otorga capacidad para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros lectores no lo lo conoce, no impone la Ley a formalizar los contratos de compraventa en un notario, aunque por supuesto, resulta muy aconsejable. Es decir, Pedro puede vender a Javier su casa a través de un contrato firmado entre ellos, sin que haga falta acudir al Notario y por supuesto, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que su inscripción nos puede brindar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para evitar perjuicios en un futuro.
Compraventa de inmueble - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Dada nuestra profesión, somos conscientes de que los problemas jurídicos que pueden afectar al patrimonio de las personas surgen por el más mínimo contratiempo inesperado, y es por eso por lo que en cuestiones tan complejas y relevantes económicamente como en situación de compraventa de viviendas, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro patrimonio, recomendamos acudir a un especialista una vez hemos decidido y adoptado la decisión de comprar una vivienda.
Es cierto que tenemos la posibilidad de postergar el momento de acudir a un abogado cuando tenemos escogida la vivienda: en ese momento, deberíamos empezar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos aconseje y guíe sobre los pasos a completar: obtención de datos registrales, negociación para el intercambio de opiniones sobre el coste, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que tengamos la intención de hacer un alquiler, por ejemplo) o contrato de señal.
Sin embargo, y a pesar de nuestro consejo, suele ser habitual en nuestro trabajo que nuestros clientes acudan a nosotros en el momento en que ya tienen problemas a nivel legal, por lo que estamos completamente acostumbrados a trabajar en situaciones en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que curar.
Esperamos que este post os ayude a comprender en qué se basan los contratos de alquiler sobre inmueble y cuáles son las tareas que realiza un abogado, pero si os surge cualquier tipo de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.