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Cómo alquilar un piso sin contrato de trabajo - VMS Abogados
Los contratos de arrendamiento son aquellos por los que uno de los participantes de la relación jurídica, el arrendador, queda obligado a entregar la utilización de la vivienda al otro participante, el arrendatario, que obtendrá el derecho de usar el bien a cambio de una renta. En este artículo nos enfocaremos en hablar sobre los alquileres de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para regular esta común actividad jurídica se redactó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los arrendamientos de inmuebles que se destinen a usos residenciales o a usos diferentes de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los arrendamientos que se recogen en esta Ley quedarán sujetos a lo estipulado en la misma, aunque se tendrán en cuenta los acuerdos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de forma general, tienen que recoger, entre otras cosas, los deberes: el arrendador estará obligado a transferir la cosa objeto del contrato (en este caso, el inmueble) al inquilino, a efectuar en el objeto de alquiler todas las reparaciones necesarias a fin de que sirva para la utilización a que ha sido dedicada y a mantener al inquilino en el goce pacífico del alquiler por todo el tiempo del contrato.
A cambio, el arrendatario estará obligado, normal, a pagar el precio del alquiler en los términos acordados y a usar la vivienda arrendada de buena manera, dedicándola al uso acordado.
Además, los contratos de arrendamiento tendrán que contemplar: el bien sobre el que recae el alquiler, el plazo de duración, la renta establecida, las maneras de prolongar el mismo, la fianza, los gastos y servicios, las opciones de entrega y subarriendo, las maneras de cancelar, rescindir y extinguir el contrato; también pueden recoger si se produjera algún conflicto, los Tribunales a los que quedarán sujetas los participantes para solucionar las controversias que puedan derivarse del cumplimiento o incumplimiento del contrato de alquiler, así como también podrán optar por supeditarse a la intermediación o arbitraje.
En cuanto a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy amplia, debido que como Despacho experto en Derecho Inmobiliario nos ocupamos de estos asuntos de manera frecuente.
A continuación, sobre cómo desarrollamos nuestras labores y nuestra intervención en todo lo lo que tenga que ver con los arrendamientos urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cómo alquilar un piso sin contrato de trabajo - Características de nuestro servicio
Básicamente, el abogado experto en contratos de alquiler tiene que haber tenido una formación específica en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso residencial, cuyo destino principal tiene que ser satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino, o sean arrendamientos previstos para uso distinto del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre edificaciones que tengan como destino primordial uno diferente del previsto para vivienda.
Con respecto a las labores que desempeñamos, suelen ser similares a las que ya os hemos comentado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los alquileres:
- Recopilación y análisis de la documentación relacionada con el bien que se pretende arrendar, por ejemplo, obtener la información que aparece en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, asegurarnos de la posesión del arrendador sobre el inmueble, saber las deudas que sobre él pesan, etc.
- Preparar los contratos de arrendamientos, así como guiar a los clientes en el procedimiento para minimizar los peligros de conflictos en el futuro.
- Proteger los derechos de la persona que contrate nuestros servicios. En caso de ser propietario, tenemos que asumir la representación jurídica del cliente si hay que solicitar el desahucio de la vivienda por de la falta de pago de rentas o por el quebrantamiento de las responsabilidades contempladas en el contrato, por ejemplo. Así, en caso de que el cliente sea arrandatario, le representaremos si decide enervar las cuantías reclamadas jurídicamente, de requerir al propietario para que cumpla con sus obligaciones de preservación y mantenimiento del inmueble, etc.

Cómo alquilar un piso sin contrato de trabajo - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué contratar a un abogado experto en contratos de alquiler parece evidente: para poner en valor en todo lo posible nuestros derechos y poder disfrutar de la seguridad que otorga tener a un especialista que esté protegiendo nuestros intereses.
Tanto si eres inquilino como propietario tienes que garantizar el cumplimiento de las obligaciones que conciernen a cada una de las partes, así como asegurarte de que no se incumplen las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza del destino de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo adecuado para recurrir a un abogado especialista en alquileres siempre recomendamos que es el momento previo a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos obligamos a lo que en el mismo se contemple.
Sin embargo, es común en nuestra profesión que los clientes vengan cuando ya tienen un conflicto contractual sobre el alquiler establecido, por lo que también estamos habituados a defender sus intereses cuando los quebrantamientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que el trabajo del abogado se traducirá en tratar de evitar un procedimiento judicial y procurar solucionar el problema de manera extrajudicial, siempre que creamos que es la vía más apropiada para las dificultades del cliente, además de ser la más barata normalmente.
Esperamos que este artículo os haya acercado un poco más a la figura de los arrendamientos, que pueda haber ayudado a resolver las cuestiones que surjan al menos de forma inicial, y como siempre comentamos, podéis preguntarnos si tenéis duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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