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Cambio uso local vivienda Madrid - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social precisa de ideas creativas para atender una de las necesidades más básicas de todas, que es el derecho de la vivienda.
De este modo, y considerando el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco habitual que algunas personas compren viviendas cuyo uso inicial era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
Así se crea una nueva forma de disfrutar de una vivienda, que no resulta ajena a materias, tanto de índole técnica como jurídica.
Como hemos dicho, tramitar el cambio de uso de un local en el que se ha llevado a cabo un negocio para ajustarlo a los requerimientos de una casa no está exento de una adecuación técnica del inmueble, siendo necesario cumplir con determinadas medidas, posicionamiento con respecto a la acera de cada una de las estancias que componen la casa, necesidad de tener cocina y de instalación de evacuación de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, además de accesibilidad y seguridad en con respecto a la prevención de incendios, entre otras obligaciones.

A las demandas técnicas o físicas que debe cumplir el inmueble se le añadirán las legales, de manera que se debe cumplir con lo especificado por la normativa administrativa en cuestión urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso terciario a residencial precisará de la obtención de la obligatoria licencia de obra obtenida mediante el procedimiento ordinario común. Para ello, hay que presentar un proyecto preparado por un perito competente en la materia, y que deberá contener aquellas obras a acometer que cumplen con Código de Edificación. Sin embargo, y anteriormente, conviene obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso permitirá garantizar que el nuevo uso que tendrá el suelo no interfiere con lo estipulado por la legislación urbanística. De igual modo, es conveniente solicitar un informe de viabilidad previo realizado por un perito competente, que permitirá evaluar si el cambio de uso es posible, aunque también es posible que lo confeccione el propio Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero altamente aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no tiene que infringir lo estipulado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o estructura del edificio en el que se ubica, priorizando mayormente la posibilidad de ejercitar el derecho sobre la propiedad privada reconocido constitucionalmente. No obstante, cuando se alteran elementos comunes es obligatorio contar con la aprobación de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cambio uso local vivienda Madrid - Características de nuestro servicio
Un abogado especializado sabe toda la tramitación a realizar en el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el procedimiento para la obtención del permiso y, por otro lado, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración establezca para la obtención de las autorizaciones oportunas para proceder al cambio de uso, pautando los correspondientes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma manera, y con el objetivo de prevenir potenciales obstáculos por parte de la Comunidad de Vecinos, se llevará a cabo un estudio previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de verificar que se permite llevar a cabo el cambio de uso. De la misma manera, y en caso de ser necesario, se acudirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en la cuestión para mostrar las características del proyecto y la no afectación en la configuración y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en colaboración con un profesional competente en la cuestión, que asumirá la labor de realizar los documentos y análisis técnicos necesarios para proceder al cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Cambio uso local vivienda Madrid - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez han sido expuestas algunas de las particularidades y/o complejidades a las que se tiene que enfrentar una persona o empresario que se plantee cambiar el uso de un inmueble de local a vivienda, recomendamos que acudan al bufete cuanto antes si lo que buscan es optimizar todo el proceso para cambiar el uso asignado al su inmueble, o necesitan consejo, así como asistencia letrada letrada por las negativas emitidas por parte del Ayuntamiento y que complican seguir con el proceso.
De la misma forma, y debido a la naturaleza del cambio físico y jurídico que experimenta el local, el cambio deberá acceder al Registro de la Propiedad a través de la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra experiencia en la tramitación de esta clase de procedimientos resultará muy útil para optimizar toda esta fase final.
Por otro lado, la maestría y conocimiento de distintos regímenes jurídicos que afectan a viviendas permitirá dotar de un servicio de consultoría más personalizado, ajustado, por ejemplo, a VPO. Al conocer su naturaleza y el alcance de calificación, y después de analizar el caso, será más sencillo ajustar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de este tipo de vivienda con un régimen más complejo.
Como hemos comentado, el mejor momento para ponerse en contacto con el despacho será cuando la persona se proponga proceder con el cambio de uso de un local, momento en el que se mostrará todo el camino por recorrer y se recibirá consultoría experta en cada una de las fases del procedimiento para el cambio de uso, buscando la solución más adecuada si hay que tomar diferentes decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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