Nos encontramos en:
Cambio uso de local a vivienda - VMS Abogados
El nuevo contexto económico y social requiere de ideas innovadoras para satisfacer una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho a tener una casa.
Con lo cual, y teniendo en cuenta el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco habitual que algunas personas adquieran inmuebles cuyo fin original era de local o negocio, para destinarlo a vivienda.
De esta forma se desarrolla una nueva manera de acceso a vivienda, que no resulta ajena a cuestiones, tanto de condición técnica como judicial.
Como decíamos, llevar a cabo el cambio de uso de un local en el que se ha desarrollado un negocio para ajustarlo a las necesidades de una vivienda no se encuentra exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, siendo indispensable cumplir con ciertas medidas, situación con respecto a la acera de cada una de las estancias que conforman la vivienda, exigencia de cocina y de sistema de salida de humos, requisitos sobre iluminación y ventilación, además de accesibilidad y seguridad en materia de prevención de incendios, entre otras peticiones.

A las condiciones técnicas o físicas que debe cumplir la vivienda se le sumarán las legales, de modo que se tiene que cumplir con lo estipulado por la normativa administrativa en cuestión urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso terciario a residencial exigirá la tramitación de una preceptiva licencia de obra solicitada a través del proceso ordinario habitual. Para ello, es necesario presentar un proyecto firmado por un perito competente en la materia, y que habrá de contener aquellas obras a acometer que cumplen con Código de Edificación. No obstante, y con anterioridad, conviene obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso servirá para garantizar que el nuevo uso que se dará al suelo no interfiere con lo dispuesto por la legislación urbanística. De la misma forma, es aconsejable solicitar un informe de viabilidad previo preparado por un perito especializado, que permitirá evaluar si el cambio de uso es posible, aunque también es posible que lo confeccione el propio Ayuntamiento, siendo el mismo facultativo, pero muy aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no tiene que trasgredir lo reflejado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la protección o configuración del edificio en el que se ubica, priorizando mayormente la libertad de ejercitar el derecho sobre la propiedad privada reconocido en la Constitución. No obstante, cuando se modifican elementos comunes es necesario contar con la aprobación de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cambio uso de local a vivienda - Características de nuestro servicio
Un abogado experto conoce toda la burocracia que hay que llevar a cabo en el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el procedimiento para la obtención del permiso y, por otro lado, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración establezca para la concesión de las aprobaciones oportunas para proceder al cambio de uso, pautando los correspondientes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma manera, y con el objetivo de evitar potenciales obstáculos por parte de la Comunidad de Vecinos, se llevará a cabo un estudio previo sobre los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de verificar que se permite realizar el cambio de uso. De la misma manera, y en caso de ser necesario, se acudirá a la Junta de Propietarios acompañado del técnico experto en la materia para mostrar la realidad del proyecto y la no afectación en la estructura y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en coordinación con un profesional competente en la cuestión, que se encargará de preparar los informes y análisis técnicos oportunos para proceder al cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Cambio uso de local a vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han manifestado algunas de las peculiaridades y/o dificultades a las que se enfrenta una persona o empresario que se plantee cambiar el uso de un inmueble de local a vivienda, recomendamos que se pongan en contacto con el despacho cuanto antes si lo que quieren es agilizar todo el proceso para cambiar el uso original de su propiedad, o quieren asesoramiento, así como amparo legal letrada por las denegaciones notificadas por parte del Ayuntamiento y que dificultan seguir con el proceso.
De la misma manera, y debido a la entidad del cambio físico y legal que sufre el inmueble, la modificación deberá acudir al Registro de la Propiedad a través de la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de esta clase de procedimientos resultará muy útil para agilizar toda esta etapa final.
Por otro lado, la especialización y conocimiento de diferentes regímenes jurídicos que afectan a viviendas permitirá dotar de un asesoramiento más específico, ajustado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al conocer su naturaleza y el alcance de calificación, y después de estudiar el asunto, será más sencillo adaptar el procedimiento de cambio de uso a las necesidades de este tipo de vivienda con un régimen más complejo.
Como hemos explicado, el mejor momento para ponerse en contacto con el bufete será cuando la persona se plantee proceder con el cambio de uso de un local, momento en el que se explicará todos los pasos por recorrer y se recibirá consultoría experta en cada una de las etapas del proceso para el cambio de uso, buscando la solución más adecuada si hay que tomar diferentes decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios

CASO DE ÉXITO: Fianza contrato de arrendamiento
1. Cuál era el problema: Nuestros clientes habían suscrito un contrato de arrendamiento, en el que expresamente constaba que la duración mínima se establecía en

CASO DE ÉXITO: Reiteración en tratar los mismos asuntos en juntas de propietarios
1. Cuál era el problema: En una Comunidad de Propietarios, una vecina solicitaba la celebración de una Junta para tratar un asunto que ya había

CASO DE ÉXITO: Reparto de desplazamientos entre los progenitores cuando residen en ciudades diferentes
1. Cuál era el problema: Acude a nuestro despacho un padre que desea que, ante la imposibilidad de establecer un sistema de guarda y custodia

CASO DE ÉXITO: Termitas en comunidades de propietarios
1. Cuál era el problema: El litigio en el que intervino VMS como letrado de una Comunidad de Propietarios versaba sobre el incumplimiento contractual de