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Cambio de local a vivienda Madrid - VMS Abogados
El nuevo contexto económico y social requiere de ideas creativas para atender una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho a tener una casa.
De esta manera, y teniendo en cuenta el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco frecuente que nuevos propietarios adquieran inmuebles cuyo fin inicial era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De esta forma se extiende una nueva manera de acceso a vivienda, que no es ajena a cuestiones, tanto de índole técnica como judicial.
Como hemos dicho, proceder con el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha llevado a cabo un negocio para adaptarlo a las necesidades de una casa no está exento de una adecuación técnica del inmueble, siendo obligatorio cumplir con determinadas medidas, posicionamiento en relacióna la acera de cada una de las estancias que conforman la casa, necesidad de tener cocina y de sistema de evacuación de humos, imposiciones sobre iluminación y ventilación, además de accesibilidad y seguridad en con respecto a la prevención de incendios, entre otras condiciones.

A las condiciones técnicas o físicas que debe cumplir la vivienda se le sumarán las legales, de manera que se tiene que cumplir con lo estipulado por la legislación administrativa en materia urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, tiene que tenerse presente que el cambio de uso terciario a residencial precisará de la obtención de una preceptiva licencia de obra solicitada mediante el proceso ordinario habitual. Para ello, es necesario presentar un proyecto confeccionado por un perito experto en este tipo de cuestiones, y que habrá de incluir aquellas obras a realizar que se ajustan al Código de Edificación. Sin embargo, y con anterioridad, conviene obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso servirá para asegurar que el nuevo uso que se atribuirá al suelo no proscribe con lo establecido por la legislación urbanística. De la misma manera, es recomendable obtener un estudio de viabilidad previo llevado a cabo por un perito especializado, que permitirá valorar si el cambio de uso es posible, aunque también es posible que lo prepare el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero altamente aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no debe conculcar con lo reflejado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o configuración del bloque en el que se encuentra, priorizando principalmente la posibilidad de ejercitar el derecho sobre la propiedad privada reconocido en la Constitución. No obstante, cuando se ven afectados elementos comunes hay que contar con la aprobación de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cambio de local a vivienda Madrid - Características de nuestro servicio
Un abogado especializado sabe toda la burocracia a realizar ante el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el proceso para la obtención del permiso y, además, guiará en todos aquellos obstáculos que la Administración imponga para la obtención de las aprobaciones necesarias para realizar cambio de uso, pautando los correspondientes recursos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con la finalidad de prevenir potenciales impedimentos por parte de la Comunidad de Propietarios, se realizará un estudio previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de verificar que se permite llevar a cabo el cambio de uso. De la misma manera, y si es necesario, se asistirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en el tema para explicar las características del proyecto y la inocua afectación en la configuración y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en coordinación con un profesional experto en el asunto, que se encargará de realizar los informes y análisis técnicos necesarios para realizar el cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Cambio de local a vivienda Madrid - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han manifestado algunas de las peculiaridades y/o complejidades a las que se tiene que salvar un ciudadano o empresario que desee cambiar el uso de una propiedad de terciario a residencial, recomendamos que se pongan en contacto con el despacho cuanto antes si lo que buscan es agilizar todo el proceso para cambiar el uso original de su propiedad, o quieren consejo, así como asistencia letrada letrada por las denegaciones notificadas por parte del Ayuntamiento y que dificultan seguir con el procedimiento.
Del mismo modo, y dada la entidad del cambio físico y jurídico que experimenta la construcción, la modificación tendrá que acudir al Registro de la Propiedad a través de la oportuna escritura de cambio de uso. Nuestra experiencia en la gestión de esta clase de procedimientos resultará muy útil para agilizar toda esta fase final.
Por otro lado, la maestría y conocimiento de distintos regímenes jurídicos que afectan a viviendas permitirá dotar de un asesoramiento más específico, ajustado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al conocer su régimen y el alcance de calificación, y tras evaluar la cuestión, podremos ajustar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de este tipo de propiedad con un régimen más complicado.
Como hemos mencionado, el mejor momento para contactar con el despacho será cuando la persona se plantee tramitar el cambio de uso de un local, momento en el que se mostrará todos los pasos por recorrer y se recibirá consultoría especializada en cada una de las fases del proceso para el cambio de uso, buscando la solución óptima si hay que tomar distintas determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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