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Cambiar uso local a vivienda Madrid - VMS Abogados
El nuevo contexto económico y social precisa de ideas innovadoras para atender una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho a tener una casa.
Por tanto, y teniendo en cuenta el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco frecuente que algunas personas adquieran inmuebles cuyo uso original era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De esta manera se crea una nueva manera de disfrutar de una vivienda, que no resulta ajena a cuestiones, tanto de condición técnica como jurídica.
Como hemos indicado, tramitar el cambio de uso de un local en el que se ha desarrollado un negocio para ajustarlo a los requerimientos de una casa no está exento de un reacondicionamiento técnico del inmueble, siendo necesario cumplir con ciertas dimensiones, situación en relacióna la acera de cada una de las estancias que componen la vivienda, necesidad de tener cocina y de instalación de evacuación de humos, requisitos sobre iluminación y ventilación, además de accesibilidad y protección en con respecto a la prevención de incendios, entre otras obligaciones.

A las condiciones técnicas o físicas que tiene que cumplir el inmueble se le añadirán las legales, de modo que se debe cumplir con lo recogido por la legislación administrativa en cuestión urbanística y control sobre usos del suelo. En base a ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso terciario a vivienda necesitará de la obtención de la obligatoria licencia de obra solicitada mediante el procedimiento ordinario común. Para ello, se tendrá que presentar un proyecto confeccionado por un perito competente en la materia, y que deberá contener aquellas obras a acometer que cumplen con Código de Edificación. Sin embargo, y con anterioridad, conviene conseguir el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en todo caso servirá para asegurar que el nuevo uso que tendrá el suelo no proscribe con lo dispuesto por la legislación urbanística. De la misma manera, conviene obtener un estudio de viabilidad previo preparado por un perito especializado, que permitirá valorar si el cambio de uso es viable, aunque también es posible que lo lleve a cabo el propio Ayuntamiento, siendo el mismo facultativo, pero altamente recomendable.
Además, el cambio de uso no debe trasgredir lo establecido por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o estructura del bloque en el que se ubica, priorizando mayormente la libertad de ejercitar el derecho sobre la propiedad privada recogido constitucionalmente. No obstante, cuando se ven afectados elementos comunes es obligatorio contar con la aprobación de la Comunidad de Vecinos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cambiar uso local a vivienda Madrid - Características de nuestro servicio
Un abogado experto sabe toda la tramitación a llevar a cabo en el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el procedimiento para la concesión de la licencia y, además, asistirá en todos aquellos obstáculos que la Administración establezca para la concesión de las aprobaciones necesarias para realizar cambio de uso, pautando los correspondientes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
Igualmente, y con el objetivo de prevenir potenciales impedimentos por parte de la Comunidad de Vecinos, se realizará un análisis previo sobre los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de confirmar que se permite realizar el cambio de uso. Del mismo modo, y en caso de ser necesario, se asistirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en el asunto para explicar la realidad del proyecto y la no alteración en la estructura y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en coordinación con un profesional competente en el asunto, que se responsabilizará de realizar los informes y proyectos técnicos necesarios para proceder al cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Cambiar uso local a vivienda Madrid - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han puesto de manifiesto algunas de las particularidades y/o complejidades a las que se tiene que enfrentar un ciudadano o empresa que quiera cambiar el uso de un inmueble de local a residencial, aconsejamos que se pongan en contacto con el despacho cuanto antes si lo que buscan es optimizar todo el proceso para cambiar el uso asignado al su propiedad, o quieren orientación, así como asistencia letrada letrada por las negativas emitidas por parte del Ayuntamiento y que son un lastre para seguir con el proceso.
De la misma forma, y debido a la entidad del cambio físico y jurídico que sufre la construcción, el cambio deberá acudir al Registro de la Propiedad mediante la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra experiencia en la gestión de esta clase de actuaciones resultará muy útil para optimizar toda esta etapa final.
Además, la especialización y conocimiento de diferentes regímenes legales que afectan a viviendas permitirá dotar de un servicio de consultoría más personalizado, ajustado, por ejemplo, a VPO. Al saber cuál es su régimen y la extensión de calificación, y después de evaluar el caso, podremos ajustar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de esta clase de propiedad con un régimen más complicado.
Como hemos comentado, el mejor momento para ir al bufete será cuando la persona se plantee proceder con el cambio de uso de un local, momento en el que se explicará todos los pasos por recorrer y se recibirá consultoría experta en cada una de las etapas del procedimiento para el cambio de uso, buscando la solución óptima en caso de tener que tomar distintas determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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