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Calificación definitiva de viviendas de protección oficial grupo primero - VMS Abogados

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Calificación definitiva de viviendas de protección oficial grupo primero - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección ofrecida no se encuentra exenta de limitaciones para las Vivienda de Protección Oficial, y es que, para su comercialización, los propietarios tendrán que disponer de un permiso de transmisión realizada por la Administración correspondiente.
La posesión y/o propiedad de una VPO exige mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba a través de revisiones regulares efectuadas por los Servicios de Inspección. Del incumplimiento de esta restricción se podría acabar incurriendo en una falta.
Se establece un precio máximo de venta y un valor concreto de arrendamiento. Con respecto a la compraventa, cuando la vivienda se descalifica, el titular puede venderla a coste de mercado sin necesidad de cumplir el límite fijado por la legislación autonómica.
- Requisitos económicos de acceso: para optar a una VPO la Comunidad de Madrid solicita ciertos requisitos a aquellos que quieren adquirir una casa, ya sea a través de la compra o arrendamiento.Fundamentalmente, los ingresos del hogar no deben exceder de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se fija en los Presupuestos Generales, y del mismo modo, la persona que quiere acceder a una VPO no puede ser propietario de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra casa protegida en toda la geografía española, ni una libre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Como anteriormente se ha especificado, la Vivienda de Protección Oficial tendrá que destinarse a vivienda habitual, por lo que no deberá ser residencia vacacional o utilizada como fuente de ingresos, por ejemplo, a través de su arrendamiento.
La Comunidad de Madrid puede establecer condiciones extra para el acceso a viviendas reservadas a personas con determinadas características especiales, como son la minusvalía o la condición de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una vivienda posea la certificación de Vivienda de Protección Oficial, y por tanto esté protegida por la Administración, se requiere un proceso administrativo en base a lo que se conseguirá, en primer lugar, una calificación provisional sobre el proyecto, y una vez terminado, y respetando unos tiempos, se obtendrá una certificación definitiva.Fruto de la certificación como Vivienda de Protección Oficial, en función de si resulta de una promoción pública o privada, la casa tendrá un régimen u otro. En las primeras, como ya se mencionó antes, la casa tiene que destinarse a residencia habitual, y el precio de compra de la misma se encontrará limitado.
Para vender una VPO se debe disponer de la licencia de la Autoridad Competente en materia de vivienda, contando del mismo modo con que el valor de su venta será más bajo.
- Herencia de VPO: En aquellas viviendas objeto de alquiler, los herederos del propietario del contrato tendrán la posibilidad de acogerse en su lugar siempre y cuando cumplieran los requisitos para pedir la vivienda y tuvieran el lazo de parentesco con el inquilino requerido, así como estar empadronados en la casa.Siendo un contrato de compraventa, el heredero de la persona fallecida que ostentaba la titularidad del inmueble tendrá la posibilidad de subrogarse en la posición del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho hacemos el estudio de cada asunto específico para comprobar si los clientes se encuentran en posición de acceder a una vivienda de estas características, del mismo modo que, una vez que se ha tenido acceso a la propiedad, orientamos en todas aquellas tareas y trámites que desearan realizar en relación con su VPO.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Incumplimiento de la paralización judicial de una obra
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.

CASO DE ÉXITO: Absolución acusado violencia de género
Nuestro Cliente, acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que su ex pareja le había denunciado, manifestando, que este le había amenazado debido a que había discutido con su hija de 11 años y esta se había ido sola hacia casa de la madre y que en caso de que no llegara se lo dijera para avisar él a la policía y a los servicios sociales, preocupándose así ella por la menor.

CASO DE ÉXITO: Legitimación activa propietario impugnación acuerdo frente Mancomunidad
Nuestra Clienta, propietaria de una vivienda en planta baja, acudió al Despacho para valorar la viabilidad de proceder con la impugnación de un acuerdo, relativo al reparto de gastos comunitarios, que había sido adoptado por su Mancomunidad de Propietarios, en la que se encuentra integrada su Comunidad de Propietarios.

CASO DE ÉXITO: Desestimación medida cautelar
Nuestro Cliente era la Comunidad de Propietarios demandado, y acudió al Despacho para contestar a la demanda interpuesta por una propietaria de una vivienda en planta baja cual solicitaba que se declarase nulo el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios, que obligaba a la demandada a contribuir al pago de la instalación del ascensor, así como de su mantenimiento y funcionamiento, al igual que el resto de comuneros, y además, solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecutividad del acuerdo en Junta por el que se obligaba a los propietarios a comenzar la derrama oportuna para la instalación del ascensor

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios