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Buena fe registral en la compraventa de inmuebles - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, en base a su art. 1.446, que el pago de la compraventa consista en entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que determina que sea veraz, esto es, que quede totalmente demarcado y señalado en el documento, exigiendo para ello que el valor sea acordado, no pudiéndose imponer unilateralmente por ninguna de las partes actuantes.
De esta manera, un elemento fundamental del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre comprador y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en el objeto del contrato y en el importe, aunque no se hayan entregado.
Actualmente, hay numerosos contratos que tienen relación con el otorgamiento de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el propio contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Buena fe registral en la compraventa de inmuebles - Características de nuestro servicio
En cuanto a las actividades que desempeña un abogado experto en contratos de compraventa suscritos sobre viviendas, vamos a tratar de de resumirlas, ya que son extensas y, en la mayor parte de los casos, complejas:
- En primer lugar, se tiene que obtener información registral de la vivienda, es decir, pedir al Registro de la Propiedad donde radique el inmueble que nos indique en qué situación se encuentra la propiedad: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Resulta casi tarea indispensable antes de empezar a formalizar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se recojan condiciones pactadas entre vendedor y comprador, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las disparidades entre ellos.
- Debe cerciorarse el abogado especialista en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y transmitir al cliente qué tipo de gastos le va a suponer, excluyéndose de estos, evidentemente, el propio coste de la propiedad. Una de las funciones desarrolladas por los abogados consiste también en confeccionar, naturalmente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos encargamos de negociar en nombre de nuestros clientes, y conseguir, en muchas ocasiones, que se cumplan los fines fijados en lo que respecta a conseguir el valor buscado a cambio del inmueble cuando queremos vender o conseguir una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cosas, también nos encargamos de comprobar si las partes se encuentran capacitadas para realizar la venta o transmisión de la vivienda, ya que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente otorga competencia para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros visitantes no lo lo sabe, no impone la legilsación actual a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque evidentemente, resulta muy recomendable. Es decir, Luis puede vender a Javier su vivienda mediante un contrato firmado entre ellos, sin necesidad de pasar por el Notario y obviamente, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que su inscripción nos puede brindar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para evitar quebraderos de cabeza en un futuro.
Buena fe registral en la compraventa de inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra profesión, sabemos que los problemas legales que pueden afectar al patrimonio de las personas sobrevienen por el más mínimo contratiempo inesperado, y es por ello por lo que en materias tan complejas e importantes económicamente como en situación de compraventa de viviendas, y por la importancia que pueden tener en nuestro capital, recomendamos acudir a un especialista una vez hemos decidido y tomado la decisión de comprar una casa.
Es cierto que tenemos la posibilidad de posponer el momento de acudir a un abogado cuando tengamos elegida la vivienda: en ese momento, tendríamos que empezar a tramitar toda la documentación que hemos comentado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos aconseje y guíe sobre los pasos a completar: obtención de información registral, negociación para el intercambio de pareceres acerca del coste, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que vayamos a suscribir un arrendamiento, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y pese a nuestro consejo, suele ser habitual en nuestra profesión que nuestros clientes acudan a nosotros en el momento en que ya tienen problemas a nivel jurídico, por lo que estamos totalmente acostumbrados a trabajar en circunstancias en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que curar.
Esperamos que este post os ayude a entender en qué consisten los contratos de alquiler sobre vivienda y cuáles son las actividades que realiza un abogado, pero si os surge cualquier tipo de duda, como siempre indicamos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.