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Abogado para denunciar cláusula suelo - VMS Abogados - ¿ERES UNO DE LOS AFECTADOS POR LA CLÁUSULA SUELO?
La sentencia del 23 de diciembre de 2015 por parte del Tribunal Supremo establece como abusivas las cláusulas que exigen al cliente el pago de los gastos por formalizar una hipoteca (no de la compraventa). Por este motivo, obliga a la entidad bancaria, por ser el interesado en registrar la escritura de la hipoteca en el Registro de la Propiedad correspondiente, a pagar tanto los gastos como los tributos y las comisiones que resultan del préstamo hipotecario.
En esta situación, como somos despacho con un estupendo equipo especializado de abogados cláusula suelo en Madrid, podemos hacer el trámite para reclamar la cláusula suelo y conseguir la devolución de las cantidades indebidamente cobradas.
- Escritura de hipoteca.
- Factura del notario.
- Factura del registrador.
- Carta de pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600).
Contacte con nuestros abogados especialistas en cláusulas de suelo.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Abogado para denunciar cláusula suelo - Características de nuestros servicios y base legal para nuestras reclamaciones.
El origen de estas reclamaciones es una sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo que atacaba a las cláusulas de Cajamar, BBVA y Novacaixagalicia Banco (hoy Abanca).
En su momento, la sentencia hizo una enmienda a la totalidad a ese instrumento. Invalida con carácter general las cláusulas sobre el suelo en los préstamos hipotecarios e inlcuye que los bancos deberán devolver los intereses cobrados de más desde la sentencia del Tribunal Supremo.
Aquello que más temían las entidades financieras, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Bruselas ampliara las devoluciones de las entidades a las firmas de los contratos, se ha hecho realidad. Se prevé un impacto de unos 4.000 millones de euros.
Así que, la buena noticia para los hipotecados con suelos en sus préstamos es mala para las entidades bancarias que usaron estas cláusulas.
Hay dos que no se verán afectadas de ninguna forma, ya que no las usaban: Santander y Bankinter. Las repercusiones en las demás entidades varían.
¿Pero qué pueden hacer los afectados para que les devuelvan su dinero pagado de más?
La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo únicamente señala que las devoluciones no deben limitarse a los importes pagados desde la sentencia del 9 de mayo de 2013, sino que la retroactividad debe volver atrás, hasta la firma del contrato.
Abogado para denunciar cláusula suelo - Los afectados deberán hacer la reclamación de forma individual
No obstante esto no significa ni mucho menos que los bancos tengan la obligación de devolver el dinero de oficio.
La Confederación Española de Cajas de Ahorros ya ha dicho que “esta sentencia no es de aplicación directa. El impacto que tendrá en las entidades financieras se conocerá según los juzgados y tribunales españoles, que tengan asuntos pendientes, analicen cómo se aplica en cada caso”, sentencia.
Esto significa, de entrada, y en vista de la falta de acciones judiciales conjuntas que lo más probable se presentarán por parte de asociaciones de consumidores y usuarios, la reclamación deberá ser individual. Por eso tienen importancia los abogados cláusula suelo.
Una vez que se haya determinado que la cláusula es abusiva, la entidad bancaria, esta vez sí, tiene la obligación de devolver los intereses excesivos desde la firma del contrato.
Además, hay que añadir una resolución judicial de primera instancia del pasado abril que dictamina que todas, absolutamente todas las cláusulas suelo, no son válidas, como resolución a la macrodemanda presentada por Adicae.
La buena noticia para la banca es que esa resolución no es definitiva, dado que no es firme, y ya se ha recurrido ante la Audiencia Provincial y podría llevar incluso ante el Supremo.
Los bancos no están obligados a devolver de oficio el dinero
Se pudo empezar a reclamar gracias a una sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo que disparaba contra las cláusulas de Cajamar, BBVA y Novacaixagalicia Banco (hoy Abanca).
Cuando se dictaminó, esta resolución judicial hizo una enmienda a la totalidad a ese instrumento. Revoca con carácter general las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios y añade que las entidades bancarias deberán devolver los intereses cobrados de más desde la sentencia del Alto Tribunal.
Aquello a lo que más sentían miedo las entidades financieras, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Bruselas extendiera las devoluciones de las entidades financieras a las firmas de los contratos, se ha cumplido. Se prevé un impacto de unos 4.000 millones de euros.
Por otra parte, Adicae asevera que la resolución jurídica actual del Tribunal Europeo proporciona la oportunidad de que todos los afectados de esa macrodemanda, alrededor de 15.000, lleguen a recibir todo lo que se les cobró de más, y no solo desde mayo de 2013.
“Esta sentencia apura cada uno de los plazos de resolución”, ha afirmado una rueda de prensa el presidente de Adicae, Manuel Pardos, que exige a la banca una rectificación.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) exige a “las entidadesque devuelvan de oficio las cantidades cobradas indebidamente”. Aunque aclara, que, “mientras se espera la reacción de la banca, OCU asistirá, como lo ha hecho hasta ahora, a todos los perjudicados a interponer una demanda por este abuso si no tengasn otras opción que acudir a la vía judicial; eso sí, sabiendo ahora que van a recuperar todo lo cobrado de más”.
En su día, después de la sentencia del Supremo del 9 de mayo de 2013, BBVA fue el primer banco en devolver, por su propia voluntad, el dinero. El banco que preside Francisco González anunció en junio de 2013 que retiraba de una vez y para siempre la claúsula suelo a 425.000 clientes, a quienes además reembolsó lo cobrado de más desde mayo de ese año.
La cláusula suelo de BBVA marcaba un límite mínimo de intereses en el 2,8%.
Le siguieron las otras dos entidades bancarias, Abanca y Cajamar, también condenadas por el Supremo por comerciar las cláusulas suelo sin transparencia. Ambas entidades han devuelto lo recibido desde mayo de 2013. No obstante las demás entidades no lo han hecho, a no ser que lo dictamine una resolución de un juez.
También acabaron con estas cláusulas CaixaBank y Bankia el año pasado, eso sí sin regresar lo cobrado de más. Ni siquiera desde mayo de 2013.
¿Pero qué deben hacer los perjudicados para recuperar el importe pagado de más por la cláusula suelo?
La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sólo aclara que las devoluciones no deben limitarse a las cantidades cobradas desde la sentencia del 9 de mayo de 2013, sino que hay que volver atrás, hasta el momento de la firma del contrato. Su opción más efectiva para reclamar su dinero es que se ponga en contacto con nuestro despacho de abogados cláusula suelo.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: medidas cautelarísimas
Caso de éxito: medidas cautelarísimas. Nuestra cliente era una señora, la cual había interpuesto numerosas denuncias a la Policía Local y a la Guardia Civil, dado que en el local que se encontraba debajo de su vivienda se producía de forma continua y prolongada en horario nocturno un ruido intenso que perturbaba e impedía el correcto descanso y horario de sueño de nuestra clienta, alterando gravemente su vida diaria y rutina de trabajo.
CASO DE ÉXITO: sobreseimiento delito de agresión sexual a menor de 16 años en fase de Sumario
Caso de éxito: sobreseimiento delito de agresión sexual a menor de 16 años en fase de Sumario. Nuestro cliente era un particular que había sido acusado por la comisión de un posible delito de agresión sexual con penetración digital a una menor de 16 años. Dicha menor se trataría de su propia hija quién, además, sería quien iniciaría con la correspondiente representación legal, el proceso de instrucción contra su progenitor con el fin de dejar ir a la casa de su padre.
CASO DE ÉXITO: demanda sobre reducción de donación y adición de herencia
Caso de éxito: demanda sobre reducción de donación y adición de herencia. Nuestros clientes eran dos señores al cual su hermano le interpuso una demanda sobre reducción de donación y adición de herencia. La parte contraria argumentaba que sus padres donaron en vida varios inmuebles a sus hermanos y esas donaciones no se tuvieron inicialmente en cuenta en la herencia; perjudicando así su legítima estricta y habiendo omitido un inmueble que se debería añadir a la herencia.
CASO DE ÉXITO: querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal
Caso de éxito: querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal. Nuestro cliente era un señor quien reside en un piso 5 y tiene una vecina en el Ático, la cual interpuso frente a él una querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal, dado que ella argumentaba que nuestro cliente tocaba a su puerta y al timbre de forma insistente e intimidatoria, y solicitó en su querella la condena de nuestro representado y además como medidas cautelares, la retirada del pasaporte y la prohibición de comunicación con la demandante.
CASO DE ÉXITO: problemas con propietarias de una Mancomunidad
Caso de éxito: problemas con propietarias de una Mancomunidad. El hijo de una de las propietarias de la Mancomunidad alegaba que acudía en numerosas ocasiones a visitar a su madre, vecina de uno de los portales de la Mancomunidad. Que en todas ellas en las que el señor acudía, aparcaba todas y cada una de las veces su vehículo en el aparcamiento privado de la Mancomunidad, y que aparcaba lo más cerca posible del portal de su madre, habida cuenta que la señora es mayor y está ligeramente impedida para andar.
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.